Fuentes judiciales informaron que la medida la dictó el juez federal Luis Rodríguez, quien procesó a Sbatella por haber difundido a través de comunicados de prensa información sobre allanamientos realizados en 2010 a tres joyerías, en el marco de investigaciones por lavado de activos.Para el juez esa conducta "implicó lisa y llanamente" la revelación de datos de la investigación, lo cual está vedado. Sbatella "como presidente del organismo creado por la Ley 25.246, se encontraba obligado a ‘guardar secreto de las informaciones recibidas en razón de su cargo, al igual que de las tareas de inteligencia desarrolladas en su consecuencia’", indicó el fallo.En su descargo, Sbatella había hecho referencia a la "publicidad de los actos" del organismo que conducía, como acto de transparencia institucional. "Al tema de la violación de secreto en la publicación de noticias en la web, la característica principal es que hay que diferenciar el proceso de investigación de delitos penales derivadas del delito de lavado y financiamiento del terrorismo, de la acción preventiva que es ligada a la sanción administrativa, la faz penal administrativa", añadió en su descargo.El juez replicó que "las citas de las presentaciones realizadas por el organismo para requerir y reclamar los allanamientos de las joyerías", todos los cuales llevan la firma de Sbatella, "demuestran claramente que la actuación de la UIF excedía el ejercicio del poder de policía, y la propia ley impedía la revelación de la información que fuera publicada"."Implicó lisa y llanamente la revelación de las tareas que se encontraban realizando el organismo y la Justicia en relación a posibles casos de lavado de activos", agregó el juez, quien además le trabó un embargo sobre sus bienes de 5 mil pesos.Fuente: Agencia de Noticias NA





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