<p style="margin-bottom: 0cm;">Después de casi cinco horas de debate, los diputados de las comisiones de transporte y presupuesto aprobaron un dictamen del proyecto para crear el boleto educativo gratuito, que se convertiría en ley en la sesión del jueves.</p><p style="margin-bottom: 0cm;"></p><p style="margin-bottom: 0cm;">A continuación los detalles más importantes del proyecto que se trataría en esa sesión:</p><p style="margin-bottom: 0cm;"></p><p style="margin-bottom: 0cm;">El artículo 1 crea el Boleto Estudiantil Gratuito Misionero, “destinado a promover la educación e inclusión social en todos los niveles del sistema educativo provincial, universidades públicas y privadas”.</p><p style="margin-bottom: 0cm;"></p><p style="margin-bottom: 0cm;">Son beneficiarios del boleto educativo misionero los alumnos regulares de establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada de los niveles inicial, primario, secundario y terciario autorizados por Consejo General de Educación sin distinción de turnos y aquellos alumnos regulares de universidades públicas y privadas sin distinción de turnos que se encuentren cursando una carrera de grado.</p><p style="margin-bottom: 0cm;"></p><p style="margin-bottom: 0cm;">El boleto goza de idénticas características que el boleto común de pasajeros y es obligatoria la contratación de un seguro de parte de las empresas que prestan el servicio.</p><p style="margin-bottom: 0cm;"></p><p style="margin-bottom: 0cm;">Para obtener el Boleto Educativo Gratuito Misionero se debe acreditar condición de estudiantes a través de la presentación de certificado de alumno regular de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal y privada de los niveles inicial primario, secundario y terciario habilitado por el Consejo General de Educación, así como universidades públicas y privadas.</p><p style="margin-bottom: 0cm;"></p><p style="margin-bottom: 0cm;">El boleto se implementa durante el ciclo lectivo y debe ser solicitado por los beneficiarios al inicio y la finalización del mismo.</p><p style="margin-bottom: 0cm;"></p><p style="margin-bottom: 0cm;">El beneficio otorgado a cada estudiante no puede exceder de 60 viajes mensuales urbanos o interurbanos con excepción de estudiantes terciarios habilitados por el Consejo de Educación, y universitarios quienes gozan de 80 viajes mensuales urbanos o interurbanos.</p><p style="margin-bottom: 0cm;"></p><p style="margin-bottom: 0cm;">Las empresas concesionarias del sistema de transporte sustentable misionero y las empresas de servicios urbanos de los diferentes municipios adherentes a gozar del beneficio son las encargadas de recibir la documental de los beneficiarios del boleto estudiantil gratuito con el fin de proveer mensualmente a los beneficiarios de los pasajes bonificados. La Subsecretaría de Transporte tiene a su cargo el control y sanciones en la implementación.</p><p style="margin-bottom: 0cm;">Las empresas deben colocar carteles informativos del boleto estudiantil en sectores de estratégica visibilidad.</p><p style="margin-bottom: 0cm;">Es autoridad de aplicación la Subsecretaría de transporte.</p><p style="margin-bottom: 0cm;">Los gastos que demanda el cumplimiento de la ley son atendidos con el aporte financiero de recursos de rentas generales.</p>





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