BUENOS AIRES (NA). La recaudación impositiva de junio llegó al récord de 140.837,8 millones de pesos y subió 39,2% en comparación con igual mes del 2014, informó la Afip. De este modo, en el primer semestre, los ingresos tributarios llegaron en total a 721.051,8 millones de pesos, con un incremento del 31,3% respecto de igual período de 2014.“Es un dato económico contundente”, afirmó el jefe de la Afip, Ricardo Echegaray, quien ofreció una conferencia de prensa junto con el secretario de Hacienda, Juan Carlos Pezoa.En junio, los ingresos por el impuesto a las Ganancias se ubicaron en 43.050,2 millones de pesos, con un alza del 47% contra igual período de 2014.La recaudación por IVA llegó a 34.052 millones de pesos, registrando un incremento del 34,2%, mientras que por Derechos de Exportación ingresaron 10.412,4 millones de pesos, con un aumento del 21,8%.Por Contribuciones Patronales ingresaron al fisco en junio unos 17.888,9 millones de pesos, experimentando un incremento del 36,3% en la comparación interanual. Prórrogan blanqueo de capitales El Gobierno nacional prorrogó por tres meses la vigencia del blanqueo de capitales, por séptima vez consecutiva, con el objetivo de “permitir que una mayor cantidad de sujetos puedan exteriorizar sus tenencias”.Así quedó establecido a partir de un decreto publicado en el Boletín Oficial, con las firmas de la presidenta Cristina Kirchner, del jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, y del ministro de Economía, Axel Kicillof.Se trata del régimen de “Exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior”, vigente desde hace dos años, a través del cual se crearon dos instrumentos: el Certificado de Depósito para Inversión (Cedin) y el Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo Económico (Baade).“Prorrógase por tres meses calendario a partir del 1° de julio de 2015 los plazos previstos en la Ley N° 26.860”, según el primer artículo del decreto.El Gobierno recordó que mediante el artículo 3° de esa ley, “se dispone que las personas físicas, las sucesiones indivisas y los sujetos comprendidos en el artículo 49 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, inscriptos o no, podrán exteriorizar voluntariamente la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior”.




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