POSADAS. La “crónica de una muerte anunciada”. Así definió la Justicia a la seguidilla de hechos violentos que derivaron en el crimen de Ramona Mercedes Gauto (37) por parte de su marido, Jorge Alberto De Jesús (42), en mayo de 2010. Al menos eso es lo que se desprende de los fundamentos del fallo dado a conocer ayer, por el que el hombre fue condenado a prisión perpetua en abril pasado.Según pudo saber PRIMERA EDICIÓN, el Tribunal Penal 2 de Posadas conformado para la oportunidad por los magistrados Marcela Leiva, Roque González y Marcelo Cardozo entendió, entre otras cosas, que De Jesús no hizo más que cumplir con una “promesa de muerte”, en virtud de las amenazas que había denunciado Gauto.Ese fue uno de los tantos elementos por el que los jueces concluyeron en que De Jesús fue el asesino de la comerciante, razón por la que el viernes 17 de abril fue condenado a prisión perpetua.En el escrito difundido ayer queda claro que para los magistrados aquella tarde del sábado 29 de mayo de 2010 Gauto entró a su departamento céntrico de calle Colón junto a De Jesús, al contrario de lo que se sospechaba hasta ahora.“Al ingresar al departamento B del tercer piso (Gauto) no lo hace sola si no en compañía del imputado Jorge Alberto De Jesús. Una vez en el interior del mismo se produce el feroz y salvaje ataque que culminara en la muerte de Ramona Mercedes Gauto (…) por una secuencia continua de violentos golpes”, sostuvieron, principalmente basados en el testimonio de una vecina que escuchó a Gauto reír junto a un hombre aquel día. Esa cuestión echaría por tierra la cuestión sobre cómo entró el homicida: lo hizo junto a la víctima.Entre los argumentos, el tribunal sostuvo que las pericias presentadas a lo largo del debate oral y público “han confirmado el aserto de que las huellas halladas (…) en el rostro de la occisa corresponden a las zapatillas (…) que calzaba De Jesús”, y que las mismas fueron utilizadas “como medio de ataque hacia la humanidad de su esposa”.Además, el alto órgano judicial comprendió que se trató de una “crónica de una muerte anunciada” en virtud de los innumerables episodios de violencia de De Jesús hacia Gauto relatados por los testigos en el juicio e incluso por la propia víctima en la denuncia previa al hecho que se leyó en el debate, donde también recibió golpes en el rostro.“La intención exteriorizada del imputado no solamente se limitaba a las palabras, sino también a los hechos, a tal punto que cuando le expresaba ‘te voy a matar, no vas a zafar de mí’, era una promesa de muerte, promesa que fue cumplida posteriormente cuando en forma deliberada, dolosa, mata a la infortunada Ramona Mercedes Gauto”, indicaron los jueces.Otro indicio que la Justicia enrostra a De Jesús tiene que ver con las pericias psicológicas que se le realizaron. Al respecto, afirmaron que las mismas son una “acabada muestra de los rasgos psicopatológicos de este imputado asocial”, de quien, aseguran, “denota un desorden emocional en su vida de relaciones. Sus conductas y actitudes siempre resultan reincidentes o reiterativas”, esto último vinculado con que la actual pareja de De Jesús también lo denunció por violencia.Todos estos elementos resultaron claves para los jueces, según se desprende de los fundamentos conocidos ayer: “De todo lo expuesto cabe concluir que los indicios analizados en la causa constituyen un todo que, como ha quedado demostrado, hacen plena prueba de certeza de la participación del traído a juicio en el homicidio de Ramona Mercedes Gauto”.Pero además, el Tribunal Penal 2 se reservó un par de párrafos en el que cuestionó a la defensa de De Jesús, conformada por los abogados José Luis Rey y Carlos Constristano. “Merece por lo menos una mínima referencia el comportamiento reprochable de (…) los defensores, quienes debieron ser advertidos de sus reiteradas extralimitaciones, cuando recurrentemente, haciendo digresión del tema convocante, proferían comentarios y elucubraciones que nada contribuían a echar luz sobre las pruebas”, sentenciaron en relación con lo que consideraron una “navegación sin rutas” que produce saturación y en la cual todo se anula, “toda afirmación es posible, todo es discutible, se argumenta sin llegar a una verdad o sin convencer”.Así las cosas, para el TP 2 en el juicio quedó probado que “el día sábado 29 de mayo del año 2010, siendo aproximadamente entre las 15 y 15.30, Gauto ingresó al edificio (…), no lo hace sola, sino en compañía de De Jesús. Una vez en el interior del mismo, se produce el feroz y salvaje ataque que culminara en la muerte de Ramona Mercedes, como consecuencia de un traumatismo craneoencefálico producido por una secuencia continua de violentos golpes en el cuerpo, en la cara y la cabeza de la mujer”. Leiva, González y Cardozo así lo entendieron y de esa manera argumentaron la prisión perpetua que finalmente recayó sobre De Jesús. Solicitarán la excarcelaciónEn diálogo con este diario el abogado defensor José Luis Rey confirmó que en las próximas horas pedirá la excarcelación de De Jesús.“No existe riesgo procesal, él demostró su predisposición y en estos tres años, aunque pudo haberlo hecho, no se fugó y siempre se presentó cuando fue llamado”, fundamentó el letrado, quien además dijo que apoyará ese pedido en la jurisprudencia adoptada en casos similares, donde el imputado queda en libertad a la espera de que un órgano superior falle sobre la sentencia.





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