POSADAS. Mediante la disposición 220, fechada el 3 de diciembre de este año, la Subsecretaría de Transporte de la provincia rechazó un planteo de “Misión Paraná SA” y ratificó la intimación a la empresa que administra el famoso catamarán por el pago de “Uso de Muelle” y “Pasajeros Transportados”.La intimación fue efectuada por la Dirección de Vías Navegables, Puertos y Construcciones Portuarias, por lo cual, la firma acudió a la autoridad superior con un planteo de “Reconsideración con Jerárquico en subsidio” pero la Subsecretaría ratificó la medida exigiendo el tributo.Algunos integrantes de la empresa tienen vínculos en otras empresas con la familia del gobernador Closs, principalmente en el negocio turístico de Puerto Iguazú.El recurso efectuado por la empresa “tiene por objeto rechazar las intimaciones cursadas por el Señor Director de Vías Navegables, Puertos y Construcciones Portuarias – dependiente de esta Subsecretaría – del pago de “Uso de Muelle” y “Pasajeros Transportados”, a tenor de lo dispuesto por el Cuadro Tarifario Tasas y Tarifas de Puerto, de la Disposición 258/13”, expresa el documento.La empresa argumentó “razones históricas, geográficas, turísticas, comerciales, etcétera, de la navegabilidad de las embarcaciones por el Río Paraná, así como detalla los antecedentes legales de formación de la empresa, que en nada conmueven la facultad legal de esta Subsecretaría para el cobro de que se trata”.La competencia de Transportes surge de la Ley XXI – 29 (antes Ley 2.947) del Digesto Jurídico, por la que se aprobó el Convenio de Transferencia de Puertos a la Provincia de Misiones por la Nación, y en virtud del mismo, se dispuso la administración y explotación de ellos, conformidad a la Ley Nacional 23,636, quedando incluida dentro de las facultades transferidas a la Provincia, el establecimiento de un Régimen Tarifario: “La Provincia establecerá el régimen tarifario de los puertos. uniformando los rubros con los vigentes en el orden nacional y fijando libremente los valores” (punto octavo del Convenio).Asimismo, la Subsecretaría el año pasado dictó la Disposición 258/13, que estableció el cuadro tarifario y “consigna los montos aplicables al cobro de las tarifas de puerto” y de donde surge “la obligación del pago por el uso del muelle y pasajero transportado, que debe tributar la reclamante”.También expresó la disposición 220 que “no se considera la apelación en subsidio impetrada, ya que no existe en la ley de trámite administrativo”, según la opinión de la Jefa de Departamento Jurídico y por ello el subsecretario Hermes Almirón rechazó “el Recurso de Reconsideración impetrado por la empresa Misión Paraná S.A.”.Se ratificaron “las intimaciones efectuadas a la empresa, por el pago de “Uso de Muelle” y “Pasajeros Transportados”, realizadas por la Dirección de Vías Navegables, Puertos y Construcciones Portuarias” y se desestimó la apelación en subsidio interpuesta por la recurrente, “en virtud de que este recurso es inexistente en la Ley de Trámite Administrativo, Artículo 108 de la Ley 89 del Digesto Jurídico”.





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