BUENOS AIRES (Agencias-Medios Digitales). En un debate opacado por la imagen de un recinto semivacío y la denuncia penal impulsada por la oposición, en la Cámara de Diputados el Frente para la Victoria cerró un capítulo iniciado hace tres años y sancionó en soledad la reforma y unificación de los códigos Civil y Comercial.Con su planteo reglamentario, la oposición llevó a un segundo plano la discusión de fondo de la ley, que contiene cambios trascendentales en distintos aspectos de la vida cotidiana, y no participó en la sesión.La norma -reflotada días después del encuentro entre la Presidenta y el papa Francisco- obtuvo finalmente 134 votos a favor, al cabo de una sesión de casi ocho horas que culminó entre aplausos de la bancada oficialista y cánticos de la militancia y organizaciones civiles que bajaban desde los palcos.Para lograr el quórum, el oficialismo sólo contó con la ayuda de sus aliados tradicionales del Movimiento Popular Neuquino, el Frente Cívico por Santiago, el PJ La Pampa, el Movimiento Solidario Popular de Oscar Martínez, el Movimiento Popular Fueguino de Graciela Buyadjián y el FIS de Ramona Pucheta. Todos ellos votaron a favor.La oposición bajó al recinto una vez que el tablero marcó 131 diputados e impugnó en tono enérgico la legitimidad de la sesión, luego de pasar por los tribunales de Comodoro Py para denunciar al presidente de la cámara, Julián Domínguez, por los posibles delitos de “abuso de autoridad” e “incumplimiento de los deberes de funcionario público”.Los bloques disidentes insistieron en que el dictamen de la bicameral cayó con la renovación parlamentaria del año pasado y que además, como el Senado modificó el despacho, el proyecto debe ser girado a comisiones permanentes de la Cámara baja para continuar su trámite ordinario o ser habilitado en una votación sobre tablas con una mayoría especial.Este argumento fue planteado a viva voz por Mario Negri (UCR), Graciela Camaño (Frente Renovador), Federico Pinedo (Unión Pro), Margarita Stolbizer (GEN), Elisa Carrió (CC) y Néstor Pitrola (FIT).En tono más elevado, Carrió volvió a hablar además de un “atentado al orden constitucional”, como lo hizo desde que se creó la Comisión Bicameral para tratar el tema, en julio de 2012.El kirchnerismo no se quedó callado e impuso su mayoría numérica para bloquear el planteo de la oposición, que -tal como lo había anticipado- emprendió la retirada, en una postal idéntica a la del Senado.La presidenta de la comisión de Asuntos Constitucionales, Diana Conti, aseguró que el tratamiento del nuevo Código en sesión especial “cumple a rajatabla el mandato constitucional” del proceso de sanción de leyes.La jefa del bloque, Juliana Di Tullio, consideró “una vergüenza que acudan a otro poder (del Estado) para impedir el tratamiento (del proyecto) en este cuerpo legislativo” y negó que el código haya tenido un “trámite exprés”. Puntos principales* Inicio de la vida: en el artículo 19 se fija que la existencia de la persona humana comienza con “la concepción”.* Nombre (artículos del 62 al 72): establecen de quién o quiénes deben llevar el apellido tanto el hijo matrimonial como extramatrimonial. También cómo podrá inscribirse a los recién nacidos y con qué nombres. Incluye en este sentido nombres aborígenes o derivados de voces aborígenes autóctonas y latinoamericanas.* Reproducción humana asistida (560 al 564): los nacidos por técnicas de reproducción asistida “son hijos de quien dio a luz y del hombre o de la mujer que también ha prestado su consentimiento previo, informado y libre con independencia de quién haya aportado los gametos”. Prevalece la voluntad de procrear y se equipara la filiación por este medio con la natural y la adoptiva plena.* Adopción (594 al 636): simplifica el régimen y permite el derecho de adopción tanto a un matrimonio legalmente constituido como a personas solas. También a “ambos integrantes de una unión convivencial”. * Matrimonio (401 al 434): incorpora la figura del matrimonio igualitario y los tipos de contratos matrimoniales que pueden celebrarse.* Divorcio (435 al 446): agiliza el trámite al establecer que el divorcio “se decreta judicialmente a petición de ambos o de uno solo de los cónyuges”.* Union convivencial (509 al 528): regula la figura de la unión convivencial, que debe ser solicitada por ambos integrantes, con derechos similares al matrimonio. También se fijan pactos de convivencia.* Herencias (1.010) y Sucesiones (2.277): el nuevo Código amplía la facultad de redactar un testamento, reduce la parte considerada originalmente legítima y suma el fideicomiso testamentario.* Deudas en pesos y moneda extranjera: el artículo 765 establece que “si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal”.* Depósito bancario: en el artículo 1.390 se establece que hay depósito de dinero cuando “el depositante transfiere la propiedad al banco depositario, quien tiene la obligación de restituirlo en la moneda de la misma especie, a simple requerimiento del depositante, o al vencimiento del término o del preaviso convencionalmente previsto”. * Empresas: el artículo 11 convalida la formación de sociedades unipersonales a través de sociedades anónimas sujetas a la instancia fiscalizadora del Estado.





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