BUENOS AIRES (DyN-NA). Apenas un día después de ser sancionada por el Congreso, el Gobierno promulgó ayer la Ley de Abastecimiento a través de su publicación en el Boletín Oficial.La presidenta Cristina Fernández de Kirchner dejó firmado antes de su partida a Italia para su encuentro hoy con el papa Francisco.A la lista de sectores empresarios que expresaron su rechazo a la iniciativa se sumó ayer en agroexportador, que a través de la Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina (Ciara) y el Centro de Exportadores de Cereales (CEC), advirtió que la ley “desalentará la inversión productiva y provocará menor producción, desempleo, perjudicando a los consumidores”.El decreto 1.622 de promulgación lleva las firmas de Fernández de Kirchner, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, y los ministros de Economía, Axel Kicillof, y de Justicia, Julio Alak. La ley de “Nueva regulación de las relaciones de producción y consumo” fue sancionada en la madrugada de ayer con el voto positivo de 130 diputados, la negativa de 105 y la abstención de 5 y los empresarios del “Grupo de los Seis” (G6) ya anticiparon que presentarán recursos de amparo en la Justicia contra la norma.De todos modos, aún faltan las disposiciones reglamentarias que determinen, entre otras cosas, cuál será la autoridad de aplicación que designe el Poder Ejecutivo, aunque se descuenta que será la Secretaría de Comercio.Además de los amplios poderes que le confiere la ley, la autoridad de aplicación tendrá “facultades para dictar las normas complementarias que fueren menester”, según la norma sancionada.Desde la oposición, en tanto, los precandidatos presidenciales Sergio Massa (Frente Renovador) y Hermes Binner (Frente Amplio Unen) coincidieron en que si acceden al Gobierno impulsarán la “derogación” de la norma, mientras que el senador Fernando “Pino” Solanas prometió revisarla.Antes de partir el jueves por la tarde a Roma para un almuerzo con el papa Francisco, la Presidenta también dejó firmados los decretos de promulgación de las leyes que disponen un observatorio de precios y la creación de un fuero especial para la resolución de conflictos en las relaciones de consumo.Los decretos 1.623 y 1.624 fueron publicados ayer en el Boletín Oficial, luego de que también el jueves a la madrugada fueron sancionadas las normas por la Cámara de Diputados tras su aprobación previa por parte del Senado.Al respecto, Ciara y CEC rechazaron la nueva ley, al advertir que “desalentará la inversión productiva y provocará menor producción, desempleo, perjudicando a los consumidores”.“Con esta Ley de Abastecimiento es dable esperar que la producción se reduzca por el desincentivo que promueve, lo que reducirá la oferta de bienes y materias primas en perjuicio de los consumidores y asimismo hará declinar el saldo exportable del país, afectando el nivel de ingreso de divisas e incrementando la capacidad ociosa de la agroindustria”, expresaron. Las entidades del sector rechazaron también la “incursión directa e inconstitucional de funcionarios del Estado en la administración de bienes y medios de producción privados” porque, alertaron, “agregaría un nuevo y determinante factor de intervención discrecional y distorsión en un mercado que desde hace años los padece”.“La nueva Ley de Abastecimiento, sin perjuicio de la violación de varios artículos de la Constitución Nacional (derecho de propiedad y derecho de libre comercio), provocará un grave impacto negativo en los consumidores y el nivel de empleo, al afectar también los niveles de producción de la economía en general”, insistieron, a través de un comunicado. La Ciara y el CEC remarcaron que, con la eventual intervención del Estado en el sector, “se corre el peligro de restarle competitividad, entorpecerlo o paralizarlo”.Del nuevo régimen quedaron exceptuadas las pymes, pero las empresas grandes, enroladas en el denominado “Grupo de los Seis”, anticiparon que recurrirán a la Justicia para frenar la aplicación de la ley.Horas antes de la sanción de la polémica norma el G6 expresó en un comunicado su rechazo, apelando a la conciencia republicana de los legisladores nacionales.El texto, que lleva al pie los nombres de la Asociación de Bancos Privados de Capital Argentino, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, la Cámara Argentina de Comercio, la Cámara Argentina de la Construcción, la Sociedad Rural Argentina y la Unión Industrial Argentina, expresó preocupación por el impacto adverso que traerá aparejado el Proyecto de Ley de Abastecimiento en la actividad económica, la inversión y el empleo en el conjunto de los sectores de las diferentes provincias del país.Los participantes expresaron su preocupación por “las facultades extraordinarias que el Congreso de la Nación le está delegando al Gobierno nacional, validando mayores intervenciones discrecionales en la actividad económica con las implicancias negativas ya observadas en los últimos años”. “En el actual contexto económico se deben alentar la producción, la inversión y la generación de puestos de trabajo”, sostuvieron. Claves• El Estado podrá intervenir en cualquier compraventa, permuta y locación -cualquiera fuera su naturaleza- que tenga relación con la producción, construcción, comercialización, sanidad, alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, deporte, cultura, transporte, logística, esparcimiento, y en todo aquello que el Gobierno entienda que esté orientado al bienestar general de la población.• El Poder Ejecutivo podrá establecer -en cualquier etapa del proceso económico- márgenes de utilidad, precios de referencia, precios mínimos y máximos.• Los gobernadores de todas las provincias y el jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires podrán fijar precios máximos en sus territorios.• Serán pasibles de multas de hasta diez millones (10.000.000) de pesos, clausuras de hasta noventa (90) días e inhabilitación de hasta cinco años para ejercer el comercio, quienes -según el Gobierno:a) Elevaren injustificadamente los precios u obtuvieren una ganancia abusiva.b) Acaparen materias primas o productos.c) Intermediaren innecesariamente en la distribución y comercialización.d) Redujeren la producción habitual o no la incrementaren habiendo sido intimados por el Gobierno a hacerlo.• Los funcionarios del Gobierno no necesitarán
autorización judicial para ingresar a cualquier establecimiento con la fuerza pública durante horas hábiles y días de funcionamiento.• Por orden del Poder Ejecutivo podrán secuestrarse libros y cualquier elemento relativo a la administración del negocio y no devolverlo por treinta (30) días.• También el Estado podrá vender las mercaderías secuestradas (sin juicio de expropiación) cuando el funcionario público entienda que el mercado se encuentra desabastecido.• En caso de que el Gobierno lo considere necesario, podrá vender y distribuir (sin importar quién sea el propietario) lo confiscado por la fuerza pública. Esta facultad durará lo que el Poder Ejecutivo considere necesario.





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