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Ante diputados, Franco minimizó los sumarios en contra de la oficial de policía

27 agosto, 2014

POSADAS. La golpiza a una compañera de vivienda, el “desplante” a un jefe policial al que hizo callar frente a sus compañeros, numerosas negligencias y retrasos en las tramitación de sumarios, dormirse en plena guardia, faltar sin aviso previo a su lugar de trabajo, no acudir al llamado urgente de una vecina sin justificativo y hasta no demostrar interés en resolver hechos delictivos. Ésos son sólo algunos de los motivos por los que la oficial detenida por el caso Guirula fue sumariada 25 veces a lo largo de su carrera. Sin embargo, para Jorge Franco se trataría de “faltas menores”, comunes en el ámbito policial.Ese habría sido el argumento del ministro de Gobierno ayer frente a un grupo de diputados que le pidió explicaciones tras la publicación de PRIMERA EDICIÓN del último domingo 17 de agosto, donde se reveló la grave cantidad de faltas administrativas de la mujer policía y por las que, pese a todo, era jefa del procedimiento que acabó con la muerte a golpes del albañil Carlos Raúl Guirula (30). Tal como la primera vez, la presentación de Franco, ayer por la mañana en la Cámara de Diputados, volvió a ser sorpresiva y a puertas cerradas. Llegó cerca de las 11 y se retiró a las 13.30, luego de ser interpelado por algunos legisladores.En la reunión, el ministro debió explicar primeramente por qué en el primer encuentro con los diputados dijo que el legajo de la mujer policía “estaba limpio”. Tras la publicación de este diario, debió reconocer que la oficial tenía 25 sanciones administrativas, aunque a la hora de explicar en detalle habría hecho hincapié en apenas dos o tres, “casualmente” las de menor gravedad.Aunque sin acceso a la prensa, fuentes indicaron a PRIMERA EDICIÓN que el ministro de Gobierno habría intentado minimizar cada una de las sanciones administrativas de la mujer policía, al asegurar que de las 25 sanciones, 24 no eran graves y hasta habría deslizado que se trataban de faltas “comunes” en el ámbito de la fuerza.Franco habría hecho referencia al incidente que la mujer tuvo con su compañera de vivienda en 2007 y en la que resultó víctima de amenazas, y de una sanción que sufrió en mayo de 2010, cuando fue amonestada por realizar su trabajo sin el “casquete”. Mediante esos dos ejemplos, el funcionario intentó restarle importancia a las faltas y obvió episodios mucho más graves.Este diario ya publicó en su momento la denuncia de su compañera de casa por una golpiza que sufrió de manos de la mujer policía, hecho que Franco intentó esquivar al caratularlo como una cuestión de “índole privado”, cuando a las claras el episodio da indicios de una determinada personalidad. De lo que Franco no habría hablado y “prefirió” no dar detalles habría sido del resto de las sanciones, marcadas por una grave inconducta inaceptable para un servidor de la seguridad pública y, mucho menos, para un oficial a cargo de procedimientos. “Por la falta de interés en la resolución de hechos ocurridos en su servicio de guardia (…)”, dice un apercibimiento de enero de 2012; “por no acudir al domicilio de la ciudadana (…), la cual requería presencia policial con urgencia”; o “por encontrarse durmiendo” en su guardia son solamente algunos de los puntos que llaman poderosamente la atención en el legajo. También se desprende la amonestación que recibió al responder con “si no sale el sumario, no sale” a uno de sus jefes que le exigía mayor agilidad en la confección de  un expediente. Insólitamente, en su argumentación ante los diputados misioneros, Franco habría buscado desviar la atención de esas sanciones a las que habría considerado “comunes” en el ámbito de la Policía de Misiones. La cuestión que no respondió el funcionario es cuándo y por qué episodios considerados gravísimos para un funcionario policial en cualquier otra provincia o país dejaron de serlo en la provincia.   El legajoPENAS DISCIPLINARIAS 1) 01/02/2007: por no presentarse a serv. adicional en cancha de Guaraní sin causa que lo justifique.2) 14/03/2007: por no informar sobre un hecho de trascendencia ocurrido en la mañana del 11 de marzo de 2007 y dar motivo a quejas por parte de la denunciante.3) 05/05/2007: por no informar en tiempo y forma un hecho ocurrido el día 13/05/07 a las 4.40.4) 29/08/2007: por ser negligente en la tramitación de un expediente.5) 02/12/2007: por ser negligente en la tramitación de un sumario judicial.6) 03/04/2009: por no acudir de manera inmediata al requerimiento efectuado por Comando Radioeléctrico I, que solicitaba apoyo en la avenida Marconi y calle Luis Pasteur, sin justificativo.7) 21/05/2009: por no haber notificado en tiempo y forma del operativo de seguridad llevado a cabo en la cancha del club Brown el día 16/05/2009.8) 26/05/2009: por no presentarse a cubrir servicio de seguridad el día 24/05/09 en el horario de 7 a 18 en la capilla Santa Rita sin justificativo.9) 18/05/2010: por efectuar recorridas en los puestos del personal de Infantes que se encuentran apostados en el microcentro sin utilizar el casquete provisto, hallándose como oficial de servicio en esta división, sin motivo y causa que la justifique.10) 30/09/2010: por retirarse en el día de la fecha del servicio de guardia a las 7.38 sin tramitar convenientemente las novedades al jefe de turno.11) 24/11/2010: por el jefe de Policía, por incurrir en lo determinado en el artículo 84, apartado 1 inciso C) del Reglamento Policial.(“Los actos de inconducta en la vida social o en la vida privada, cuando trasciendan a terceros”).12) 18/10/2011: por no presentarse al servicio para la cobertura de seguridad en la estudiantina sin motivo que lo justifique.13) 26/10/2011: por no presentarse al servicio para la cobertura de seguridad en la estudiantina sin motivo que lo justifique.14) 19/01/2012: por la falta de interés en la resolución de hechos ocurridos en su servicio de guardia del día 28/12/11.15) 17/10/2012: por no presentarse el día 15/10/2012 al horario de oficina de 7 a 12 estando debidamente notificada, sin previo aviso ni causa que la justifique.16) 19/11/2012: por no presentarse a la reunión de coordinación dispuesta por el jefe de dependencia sin causa que la justifique estando debidamente notificada.17) 28/11/2012: por presentarse tarde para cumplir la función de Oficial de servicio el día de la fecha, de 7 a 19, sin tener causa que la justifique, siendo reincidente en dicha falta.18) 18/03/2013: por encontrarse durmiendo mientras se desempeñaba como oficial de servicio de la comisaría Cuarta el día 16/03/2013 a las 5.10, momentos en que el jefe de turno se present&
oacute; en la dependencia.19) 29/04/2013: por hallarse como oficial de servicio, no informar al jefe de turno hecho de trascendencia que fuera denunciado en la víspera (24/04) por una ciudadana en la que resultó como víctima su hijo ocurrido en Ituzaingó y Santa Catalina.20) 03/09/2013: cuando se le instruía para la corrección de un sumario judicial con detenido por razones de término de elevación, mencionando al subjefe de la comisaría que “si no sale el sumario, no sale” y exigiéndole que se calle la boca porque había gente en atención al público, haciéndolo a su vez en presencia de personal subalterno.21) 03/09/2013: por ser negligente en los términos de la confección de un sumario judicial.22) 04/10/2013: por no presentarse el 30 de septiembre de 2013 a las 8 para mantener reunión de oficiales que cumplen servicio en la comisaría estando debidamente notificada, sin haber comunicado con anticipación ni tener causa que la justifique.23) 18/11/2013: por no acudir el día 7/11/2013 al domicilio de la ciudadana (…), la cual requería presencia policial con urgencia, en circunstancias que se desempeñaba como oficial de calle.24) 06/05/2014: por la excesiva demora en la tramitación de la información sumaria administrativa que tiene como involucrado a otro policía.25) 24/06/2014: por la excesiva demora en la tramitación de un sumario administrativo. OTROS ANTECEDENTES1) 13/07/2007: se inicia sumario administrativo por carátula “robo” iniciado a raíz de la denuncia de su ex, que asegura que le robó 500 pesos de su casa (luego se la declara exenta de responsabilidad).2) 07/09/2009: no aprobó el curso de perfeccionamiento para oficiales subayudantes “Agis 2009”.3) 30/03/2010: cuando en barrio Cocomarola Oeste la joven con la que convivía la denuncia por golpizas y amenazas.4) 15/05/2014: pese a todos los antecedentes anteriores, es designada a cargo de la oficina de atención primaria al género, al menor y la familia de la comisaría seccional Decimotercera. 

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