POSADAS. Algunos trabajadores ya lo percibieron mientras que otros, lo harán en las próximas semanas. El medio aguinaldo o la primera parte del Sueldo Anual Complementario (SAC) será más que un beneficio, un peso pesado para los alicaídos salarios.Sin contar con que se haya aplicado un incremento de haberes, producto de los acuerdos en paritarias, varios trabajadores que hasta hoy no eran alcanzados por el impuesto a las Ganancias, con la sumatoria del SAC, pasarán a tributar. Como también, quienes estaban siendo víctimas de los descuentos, lo más probable es que suban de categoría de pago del impuesto.Sumado a la inflación, a la mayor pérdida de poder adquisitivo, el golpe a los bolsillos tendrá efectos duros para quienes aguardaban esperanzados el aguinaldo.El Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), efectuó su último informe (al que accedió PRIMERA EDICIÓN) está referido al cada vez más resistido impuesto a las Ganancias. Bajo el título “Impuesto a las ganancias sobre trabajadores asalariados: el Estado podría quedarse con entre un 14% y un 69% del sueldo anual complementario”, el IARAF efectuó un pormenorizado detalle de lo que podría sucederle a los obreros en relación de dependencia. Sorpresa “En pocos días los trabajadores en relación de dependencia comenzarán a percibir la primera cuota del sueldo anual complementario (SAC) y, de no disponerse que la misma no sea computable para el cálculo de las retenciones del impuesto a las Ganancias como ha sucedido en algunas oportunidades en los últimos años, aquellos que sean contribuyentes del mismo por superar mínimos y deducciones (es decir quienes perciban ingresos brutos superiores a los 15.000 pesos mensuales), se encontrarán con la “sorpresa” de que una parte significativa del monto neto de su aguinaldo será absorbido por las retenciones del impuesto a las Ganancias que se le practicarán en el mes de junio y que corresponden a su remuneración mensual normal más la media cuota del sueldo anual complementario”, explicó el IARAF.Los autores de la investigación, Nadin Argañaraz y Andrés Mir, agregaron al respecto que “esta situación se origina en dos situaciones, una normal y la otra que deriva de las distorsiones acumuladas fundamentalmente por la falta de actualización de los tramos de escala del impuesto que se encuentran congeladas desde el año 2000”.Al referirse puntualmente a cada uno de ellos, dice del primero: “Por una parte la mecánica de cálculo de las retenciones del impuesto a las Ganancias de los empleados en relación de dependencia,implica que los mínimos y deducciones anuales computables se periodifiquen proporcionalmente en forma mensual, sin contemplar incremento alguno en los meses en que se perciben remuneraciones extraordinarias como es el caso del SAC y también de horas extras, premios, etc. En consecuencia, en esos meses la retención sufrida por los trabajadores evidencia normalmente un incremento más que proporcional al porcentaje que la cuota del SAC significa sobre el sueldo neto del trabajador y que es normalmente el 50%”.Luego, plantea un segundo escenario para los trabajadores asalariados: “La falta de actualización de los tramos de escala provoca que se magnifique significativamente este efecto ya que los tramos de escala son tan exiguos que la percepción del SAC provoca en la mayoría de los casos un salto en los tramos de escala en la cual se encuentra el trabajador y, en consecuencia, un incremento en la tasa efectiva del impuesto que debe tributar”. Para que cada trabajador pueda realizar un primer análisis de lo que puede sufrir de descuento, el informe del IARAF precisa los valores nominales sujetos a descuento: “Téngase en cuenta que en la actualidad los intervalos nominales de ingresos imponibles anuales para los tres primeros tramos de la escala son de sólo $10.000 en cada una (lo que significa $833 mensuales) y para los cuatro siguientes de sólo 30.000 pesos en cada caso ($2.500 mensuales). En consecuencia por ejemplo, a un trabajador casado con dos hijos que percibe un ingreso mensual bruto de 16.000 pesos, la percepción de la media cuota del SAC en junio, de no disponerse modificación alguna, le implicará pasar de quedar alcanzado por los tramos superiores de su salario a la tasa del 9% como en mayo, a una tasa del 19%. Para cuantificar esta situación se ha elaborado el siguiente cuadro (ver arriba) que muestra la situación de los trabajadores casados con dos hijos de diferentes niveles de ingreso, siempre que se encuentren alcanzados por el impuesto, es decir perciban remuneraciones brutas superiores a 15.000 pesos mensuales”.Tributar 50% másTras el análisis anterior, los especialistas advierten que “la combinación de los factores mencionados provocará que la retención mensual de impuesto a las Ganancias que afrontarán los trabajadores sufra un incremento muy superior al 50% que significa la cuota del SAC, y en consecuencia absorba un porcentaje significativo del monto de bolsillo a percibir en concepto de sueldo anual complementario junto con la remuneración de junio. Se reitera que la comparación se efectúa considerando la totalidad de la retención del impuesto que se sufrirá, y que comprende tanto a la mensualidad de junio como al medio aguinaldo”. Si llegó hasta acá decepcionado, aún falta más: “Estos porcentajes serán todavía más significativos si el trabajador ha percibido un incremento nominal de ingresos durante el año 2014, en,una negociación paritaria que haya contemplado un incremento del 30%”, que fue el promedio cerrado por la mayoría de los gremios. “La mayor incidencia en la retención en este escenario se da porque la tasa efectiva del impuesto que los trabajadores ejemplificados están soportando normalmente en el año 2014 ha sufrido un fuerte incremento respecto al año 2013 al no haberse ajustado los mínimos y deducciones y, fundamentalmente no adecuarse los tramos de la escala de cálculo del impuesto. Sería importante que los parámetros de cálculo del impuesto a las Ganancias sean adecuados a los incrementos nominales de salarios surgidos de las paritarias, adecuación que además de una modificación de los mínimos debería contemplar fundamentalmente la actualización de los tramos de escala ya que de lo contrario todo trabajador alcanzado queda rápidamente comprendido en las alícuotas superiores del impuesto que son las reservadas para aquellos contribuyentes de mayor poder adquisitivo”.




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