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“Hay jueces que sostienen posturas arcaicas y primitivas”

2 marzo, 2014

POSADAS. La polémica se disparó en enero pasado cuando el juez penal Fernando Luis Verón concedió el Hábeas Corpus y en consecuencia, la excarcelación a un comerciante de Eldorado, condenado por la violación de sus dos hijos menores. Entonces regresaron a escena nuevos y antiguos postulados sobre las garantías constitucionales, entre ellas la presunción de inocencia.PRIMERA EDICIÓN habló con el abogado penalista Ramón Moisés Grinhauz, quien presentó el Hábeas Corpus que posibilitó la excarcelación del comerciante Carlos Dalmasso, aunque luego la Cámara de Apelaciones dio vuelta esa decisión. La historia continuará porque la madre de los chicos de Eldorado adelantó que pedirá el jury político para el juez Verón. ¿Hay un abuso del Hábeas Corpus como herramienta para lograr laexcarcelación de condenados?Pareciera que fuese así. Muchas veces se dice que se abusa de la utilización de un recurso como el Hábeas Corpus pero, en realidad, es una mentira. Este recurso, que está previsto en el artículo 43 de la Constitución Nacional, se utiliza cuando un ciudadano considera que se está violando su derecho de permanecer en libertad o de mejorar las condiciones de encierro. Esa violación puede tener su origen en una autoridad administrativa o judicial. La ley no hace ninguna distinción acerca del origen de la orden ilegal. Por ello es imperioso explicar que este Derecho no viene a suplantar los recursos que la ley prevé. Lo que ocurre es que mientras se sustancia el recurso normal, está previsto que por medio del Hábeas Corpus se subsane la privación de libertad o se mejoren las condiciones de encierro. El recurso sigue vigente hasta la confirmación de la condena…Nuestro Código Procesal establece, en su artículo 446, que la resolución, en este caso la sentencia, no será ejecutada durante el término para recurrir, mientras se tramita el recurso. Esto quiere decir que cuando se interpone un recurso de Casación la sentencia no se ejecuta hasta que un órgano superior confirme o no dicha sentencia recurrida. Ahora bien, en un Estado supuestamente Constitucional de Derecho, todas las garantías establecidas en la Constitución están para ser cumplidas, o al menos para que se invoque, aunque muchas veces eso no ocurra. ¿Algunos jueces pueden llegar a sentirse presionados?Aplicar la ley no debe asustar a nadie, por el contrario, deberíamos estar tranquilos de saber que los jueces de la Constitución aplican la misma. Pero eso no es cierto y en la mayoría de los casos se apartan de los parámetros ya impuestos por la jurisprudencia nacional e internacional, siendo nuestra Provincia una isla en la NO APLICACIÓN DE LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES. A modo de noticia debo decir que ya el Derecho Romano establecía un máximo de cuatro meses de privación de la libertad, y por lo que podemos observar, nuestro Derecho ha involucionado en materia de garantías. Como si esto fuera poco, nuestra Constitución Provincial, en su artículo 26, establece que nadie puede ser considerado responsable sin sentencia judicial firme que así lo declare. Mientras ello no ocurra todo imputado goza de la presunción constitucional de inocencia. Esto se conjuga con el ya mencionado artículo 446 del Código Procesal. ¿Hay antecedentes en Misiones, proclives a privilegiar la presunción de inocencia?Algunos jueces locales han hecho lugar a Hábeas Corpus contra órdenes de detención de jueces de otras provincias por considerar que eran ilegítimas. Dichos fallos han tenido acogida favorable en nuestro Superior Tribunal de Justicia (STJ). Sería interesante que se recurra a esos antecedentes, al menos para entender este Instituto del Hábeas Corpus. ¿Por qué no pueden ponerse de acuerdo sobre una cuestión clave en materia de garantías constitucionales?Cuando todo parecía indicar que había cambios en la manera de pensar de los jueces, nos encontramos con posturas arcaicas y primitivas. En la teoría todos abrevan de los nuevos paradigmas constitucionales, pero a la hora de hacerlos operativos en la vida real de los ciudadanos, un simple llamado telefónico hecha por tierra con dichos principios en desmedro de años de lucha por conseguir la vigencia irrestricta del Estado de Derecho.

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