POSADAS. Para la defensa de uno de los dos policías procesados por el crimen de la docente Carmen Mirta Rosa (47), las lesiones y severos golpes que sufrió y le ocasionaron el deceso, fueron accidentales y no provocadas por otra persona. Así lo determinaron dos peritos de parte, quienes cuestionaron la autopsia efectuada por el cuerpo médico forense del Poder Judicial. Rosa apareció sin vida alrededor de las 17.30 del pasado jueves 14 de febrero, a un costado de la cancha de fútbol del barrio Los Potrillos, en Garupá. Lo que en principio parecía una muerte natural se transformó luego de la autopsia en un brutal crimen: la docente tenía golpes mortales en el cráneo, el tabique fracturado y había sufrido estallido de vejiga producto de un golpe en esa zona.A casi un mes del hecho, el Juez de Instrucción 6 de Posadas, Ricardo Balor, ordenó la detención de los dos policías que cumplían funciones en la comisaría seccional Quinta y que habían sido requeridos por un vecino para trasladar a la mujer, que sufría de esquizofrenia. En su declaración, los uniformados aseguraron que le pidieron a la docente que subiera al asiento trasero del móvil y que la dejaron luego a la vera de la ruta nacional 12. Sin embargo, tres horas después fue hallada muerta en un baldío del barrio. Los dos policías fueron procesados por el citado magistrado por “homicidio doblemente calificado”. Así las cosas, el letrado Ramón Grinhauz, quien es el abogado defensor de uno de los efectivos, más precisamente del oficial, solicitó que calificados peritos médicos de parte analizaran el informe de la autopsia. Las conclusiones, cuestionan el reporte oficial. Conclusiones de parteEn primer término el médico legista y perito Aldo Daniel González Kriegel, indicó que “no hubo ni siquiera caída hacia atrás del cuerpo, por motivo accidental o lesional voluntario. La única fractura se encuentra en los huesos de la nariz, con desviación de la misma, siendo dicha lesión no típica de golpe con objeto contundente, sino que es más aplicable a las lesiones encontradas en los politraumatismos por caídas o accidentes de tránsito, como así también las excoriaciones que presenta en rodillas”. Además, precisó que “no presenta lesiones de arrastre o defensivas, que son instintivas”. Seguidamente, indicó que “producto del traumatismo craneoencefal sufrido, presentaba una hemorragia cerebral en fosa posterior, con edema cerebral importante, que resultó en si, el golpe que causó la muerte”. Con respecto al estallido de vejiga, el médico legista explicó que “esta lesión es visualizable en los accidentes de tránsito, y como menor porcentaje (10%), en caídas y golpes. No es causa inmediata de muerte su estallido o sangrado”. Finalmente el facultativo concluyó que “no existen evidencias de golpes externos o arrastres”. Por su parte, el médico cirujano y especialista en urología, Juan Rubén Congost, opinó que el deceso “se produjo tras una caída sin mecanismo de defensa y por no haber recibido atención médica oportuna”. En gran parte de su reporte el facultativo coincide con su colega, al referir que el estallido de vejiga “no provoca la muerte en forma inmediata y el porcentaje de mortalidad es muy bajo si recibe atención médica oportuna” y que “la falta de fractura de los huesos pelvianos explica porqué la rotura de la vejiga no fue extra peritoneal. Cuando una persona con vejiga llena recibe una aceleración de una fuerza externa la cual es muy común en los choques de automóviles o caídas de alturas provoca el estallido vesical”. Además, consignó que “no hay lesiones en miembros superiores que se producen por reflejo en una caída y que esto justificaría la lesión en el rostro y el estallido vesical. La falta del reflejo de protección es independiente de la voluntad y se produce en toda caída”. Estos informes ya fueron elevados al juez instructor y posiblemente la semana entrante la mencionada defensa le solicitará al magistrado un cambio de calificación en la causa.





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