POSADAS. En una decisión cargada de oportunismo e intencionalidad proselitista, los ediles de la renovación decidieron, sobre tablas, acceder a la concesión del boleto gratuito, sin restricción alguna, para los adultos mayores de setenta años en las unidades del transporte urbano de pasajeros. Desde la sanción de la Carta Orgánica Municipal (COM), que establece ese beneficio en su artículo 25, hace dos años y cinco meses, fue irreductible la posición del oficialismo en ese tema, al punto que el intendente, Orlando Franco, llegó a vetar la ordenanza de 2011 que establecía su difusión.En una sesión que se extendió entre las 9.30 y las 14 se aprobó también un aumento del 25,5% para el servicio de automóviles de alquiler, más conocidos como taxis (ver recuadro) y se sancionaron otras dos ordenanzas para establecer un programa de prevención del bullying y adherir el municipio a la Ley Provincial VI 143, de Museos de la Provincia de Misiones. Mediante una resolución y a libro cerrado (sólo se mencionó el número de expediente, sin brindar ninguna cifra) se giró al Tribunal de Cuentas provincial el balance municipal de 2012.Debate oportunista e hipócritaPero fue el tema de la gratuidad en el transporte público de los adultos mayores de setenta años lo que ocupó la mayor parte del debate, tras múltiples reuniones del oficialismo -la última de ella retrasó casi una hora el comienzo de la sesión prevista para las 8.30-. Provocó también que el plan de labor deliberativa se repartiera recién minutos antes a que los concejales se sentaran en sus bancas, despertando la quejas de algunos de los ediles de la oposición, cuatro de los cuales por esa razón se opusieron a apoyar el pase del balance municipal al organismo de contralor provincial.Con el pretexto de apoyar el decreto municipal que dispone la incorporación en noventa días de cuarenta expendedoras de boletos en los colectivos urbanos (SUBE Misionero), sin dejar la renovación de solazarse del compromiso que, como Gobierno, tiene para defender y promover los “derechos” de los adultos mayores planteó, sobre tablas, la sanción de la ordenanza que fija el pleno cumplimiento del beneficio de gratuidad en el transporte urbano de pasajeros de las personas mayores de setenta años. En un juego de evidente oportunidad política, no importó para ello el compromiso hecho por el titular de la bancada José Raúl Moglia de que nunca se aceptaría ese procedimiento excepcional para normas complejas, como la propuesta, ni la expresa prohibición reglamentaria de debatir sin dictamen de comisión iniciativas que pudieran significar erogaciones al municipio. A ese respecto no fue suficientes la advertencia del radical Hernán Damiani, quien sostuvo que su bloque estaba dispuesto a apoyar el proyecto en lo referente a otorgar el derecho consagrado en la COM, pero no a convalidar, sin el estudio suficiente, el dejar abierta la posibilidad de tener que otorgar nuevos subsidios. Rechazo al que se sumaron otros dos ediles de la oposición, los de Trabajo y Progreso.Ese cuestionamiento fue descartado por el titular de la Comisión de Transporte y Tránsito, Mario Florentín (FR), quien rechazó que se dijera que se establecía algún nuevo gasto. Afirmó que lo único que se hacía era remitirse al artículo 23 de la ordenanza 1.600, que crea el Sistema Integrado de Transporte Urbano y Metropolitano (Situm), que autoriza al DEM a adecuar los existentes y conceder nuevos subsidios a las concesionarias si fuese necesario. Todo era válido para “otorgarle a los adultos mayores un derecho que les corresponde”, afirmó, mucho antes, Claudina Deglise.La nueva ordenanzaLa mayoría oficialista terminó imponiendo su criterio y la norma fue sancionada con el rechazo en general por parte de la oposición, que apoyó sólo el artículo que suspendía por noventa días la aplicación de la ilegítima, ilegal e indebida ordenanza 2.627 que, en mayo de 2010, estableció los requisitos y horarios necesarios para obtener el beneficio de gratuidad que ella misma concedía a las personas mayores de setenta. Indirectamente se validó su aplicación con posterioridad al 10 de noviembre de 2010, cuando entró en vigencia la COM revisada que en su cláusula transitoria tercera establecía la derogación de toda norma que contraviniese su letra y mucho después de los treinta días que esa misma constitución municipal (cláusula transitoria octava) fijaba para reglamentar la aplicación del hasta ayer desoído artículo 23.La norma sancionada ayer de urgencia también crea una comisión de seguimiento del servicio que la conformarán cuatro ediles, el intendente municipal, tres funcionarios del DEM y la Defensoría del Pueblo. Ésta debe elaborar un informe sobre el transporte urbano de pasajeros que permita evaluar, entre otros aspectos, el impacto que tiene en el servicio el beneficio a los mayores de setenta años -que gozarán de él sin restricciones- .Convalida también el decreto municipal 738/13 que da ese mismo plazo de noventa días -vence ese plazo el 26 de julio- para la incorporación de cuarenta expendedoras de boletos (SUBE Misionero) sobre un parque automotor de alrededor de 280 unidades de transporte. Rescata además las previsiones sobre el expendio automático de boletos contempladas en las olvidadas ordenanzas 2.442 y 2.584. Paradójicamente, esto ocurre a cuatro días de cumplirse, el lunes 13, los veinte años de sanción de la primera norma que lo establece, la 63/93, y que fue prorrogada varias veces, para finalmente derogarse.





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