A partir del 1° de marzo de 2026, el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) pondrá en vigencia un nuevo régimen de notificaciones electrónicas para los trámites ante la Dirección Nacional de Marcas, con el objetivo de agilizar los procedimientos y eliminar cargas burocráticas innecesarias.
La Resolución 63/2026, publicada en el Boletín Oficial y dictada en el marco de las facultades conferidas por la Ley de Marcas y Designaciones N.º 22.362, establece como regla general que las vistas, traslados, recursos y demás actos interlocutorios serán notificados en la sede electrónica del usuario dentro del Portal de Trámites del organismo.
Fin del esquema transitorio en papel
Hasta ahora, el sistema vigente contemplaba un mecanismo mixto debido a la coexistencia de expedientes digitales con otros iniciados en formato papel. Esa situación justificaba un plazo de suspensión de 30 días antes de comenzar a computar los términos procesales, para permitir la consulta presencial de documentación física.
Con la digitalización total de los expedientes, el INPI consideró que ese plazo perdió sentido y generaba demoras artificiales incompatibles con los principios de celeridad y eficiencia administrativa. Así, con esta actualización, el organismo busca consolidar un sistema completamente digital, con acceso remoto permanente a la información y sin dependencias de trámites presenciales.
Qué se notificará electrónicamente y qué seguirá publicándose
La nueva normativa dispone:
- Notificación electrónica obligatoria en la sede del usuario para actos de trámite e interlocutorios.
- Publicación en el Boletín de Marcas exclusivamente para resoluciones finales, incluidas aquellas que declaren la falta de mantenimiento de una oposición.
- Los plazos legales comenzarán a contarse desde el día siguiente a la notificación o publicación, según corresponda.
Domicilio electrónico y responsabilidad del usuario
La resolución también establece que la constitución o modificación del domicilio legal electrónico deberá realizarse obligatoriamente mediante la opción “Marcas/Trámites/Toma de Intervención” del Portal del INPI.
Los datos ingresados tendrán carácter de declaración jurada, por lo que el usuario será responsable de su veracidad y exactitud. El objetivo es asegurar que todas las comunicaciones lleguen de manera efectiva al solicitante, oponente o sus representantes.




