El Consejo de Administración del Hospital Garrahan aprobó una modificación de su Régimen de Contrataciones con el objetivo de optimizar los tiempos administrativos, clarificar competencias y regular con mayor precisión las prórrogas de contratos de servicios y suministros.
La Resolución 207/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, sustituye los artículos 29 y 108 (Apartado B) de la Resolución N.º 693/CA/2018 y sus modificatorias, en línea con el Decreto 1030/2016, reglamentario del régimen nacional de contrataciones públicas.
Uno de los cambios centrales establece con mayor claridad qué autoridades pueden intervenir en cada etapa del proceso de contratación. Según el nuevo texto, las facultades para autorizar compras, aprobar pliegos, adjudicar licitaciones o declarar desiertos los llamados continuarán detalladas en el Anexo I del reglamento.
Además, se determina que el monto total estimado del contrato -incluyendo eventuales prórrogas y ampliaciones- será el parámetro para definir qué nivel jerárquico debe intervenir.
También se precisa que la autoridad que adjudicó el contrato, o aquella en la que se haya delegado esa facultad, será la encargada de resolver situaciones posteriores, como ampliaciones, reducciones, prórrogas, suspensiones, rescisiones o la aplicación de penalidades.
Prórrogas más limitadas y con actualización de precios
La reforma introduce modificaciones sustanciales en el régimen de prórrogas contractuales para servicios y suministros de cumplimiento sucesivo.
Entre los principales cambios se establece que:
- La prórroga deberá estar prevista en los pliegos de contratación.
- Solo podrá aplicarse una única vez.
- El plazo no podrá superar al del contrato original.
- En contratos plurianuales, la extensión máxima será de un año adicional.
Asimismo, se incorpora un mecanismo para adecuar los precios cuando hayan variado las condiciones del mercado. En esos casos, el Garrahan podrá proponer una actualización al proveedor. Si no hay acuerdo, la prórroga no se concretará y no se aplicarán sanciones. Otra condición clave es que la orden de compra correspondiente a la extensión deberá emitirse antes del vencimiento del contrato original.




