La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) dispuso una nueva actualización del “Tarifario Médico” aplicable a las comisiones médicas y a la Comisión Médica Central.
La medida incorpora nuevas prácticas, modifica denominaciones existentes y ajusta valores en un 14,61% en los honorarios de los prestadores de exámenes complementarios y profesionales interconsultores, en función de la evolución de indicadores económicos y sanitarios.
La decisión fue adoptada por el Gerente de Administración de Comisiones Médicas y el Gerente de Administración y Finanzas, a través de la Disposición Conjunta 1/2026, publicada en el Boletín Oficial.
La nómina de prestadores de exámenes complementarios y profesionales interconsultores fue creada originalmente por la Resolución SAFJP N° 384/96. Allí se estableció que los honorarios y aranceles serían la única contraprestación por los servicios brindados y no podrían superar los valores del “Tarifario Médico Previsional”.
Con el tiempo, esos valores se vieron afectados por variaciones en salarios del personal profesional y auxiliar, precios de medicamentos, insumos nacionales e importados para diagnóstico, costos de la Seguridad Social y sus efectores públicos y privados, obras sociales nacionales y provinciales.
Ante el desajuste observado, la SRT consideró “imperativo” actualizar los valores máximos vigentes para evitar la pérdida de prestadores y garantizar el normal funcionamiento de las Comisiones Médicas. Tras el análisis realizado por el Departamento de Gestión Presupuestaria y Contabilidad se determinó un incremento porcentual aproximado del 14,61%.
Modificaciones e incorporaciones
Entre las modificaciones dispuestas se encuentran:
En Laboratorio (R 1), práctica 01.01.481: pasa a denominarse “Hepatograma completo (incluye 01.01.110/174/357/771/873/874)”.
En Neurología (R 29), código 29.01.003: se reemplaza por “Videonistagmografía (incluye pruebas calóricas)”.
En Otorrinolaringología (R 31), práctica 31.01.512: se modifica por “Simulación o prueba de juicio (comprende A.T. convencional, logo convencional, test de Harris para hipoacusia)”.
También se incorporan nuevas prácticas en Laboratorio, entre ellas:
- 01.01.001 Acto bioquímico (un acto por prescripción médica, independientemente de la cantidad de análisis solicitados).
- 01.01.307 Etanol, tóxico en sangre.
- 01.01.420 Glutamil transpeptidasa (Gamma).
- 01.01.594 Lactato deshidrogenasa (LDH).
- 01.01.902 Urea sérica.
- 01.02.545 Microalbuminuria.
- 01.02.811 Índice de lesión renal (albúmina/creatinina) urinario.
- 01.02.812 Albúmina sérica.
En el caso del “acto bioquímico” (01.01.001), se estableció expresamente que la facturación se realizará conforme al criterio del Nomenclador Bioquímico Único (NBU): corresponde un solo acto bioquímico por prescripción médica, sin importar la cantidad de análisis incluidos en la misma orden.
Además, se incorporan a la especialidad Interconsultas (R 42):
- 42.01.030 Interconsulta fonoaudiológica.
- 42.01.031 Interconsulta toxicológica.




