El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) dispuso el saneamiento y la depuración del sistema informático registral de Modelos y Diseños Industriales, tras detectar la existencia de 2.341 expedientes correspondientes al período 1900–2019 que continúan figurando como “en trámite” pese a no registrar actividad válida, concesión ni renovación vigente.
Según se detalla en la Resolución 1/2026 de este martes, esta situación se originó principalmente por migraciones de datos fallidas, la incorporación progresiva de nuevos sistemas informáticos y el traspaso de expedientes en soporte papel a formato digital, lo que generó inconsistencias y distorsiones en la información registral.
El análisis efectuado determinó que no existen derechos de propiedad industrial vigentes sobre ninguno de los expedientes involucrados. Además, se recordó que el Decreto-Ley N° 6673/63 establece un plazo máximo de protección de 15 años desde la fecha de depósito, incluyendo renovaciones, plazo que se encuentra ampliamente vencido en todos los casos analizados.
En consecuencia, los trámites iniciados entre las fechas mencionadas que no fueron concluidos ni renovados carecen de toda protección legal, ya sea por irregularidades administrativas o por el vencimiento del plazo máximo previsto por la normativa.
Irregularidades detectadas
Del relevamiento realizado surgió la presencia de expedientes con faltas graves de requisitos esenciales, algunos de los cuales contienen solo datos parciales -como la titularidad o la naturaleza del producto-, lo que configura irregularidades formales insalvables que impiden su concesión. También se identificaron:
- Expedientes con numeración inválida, ajena al sistema propio de Modelos y Diseños Industriales.
- Trámites con falta de pago, causal de nulidad administrativa según la normativa arancelaria vigente.
- Registros con actos administrativos negativos, como caducidad, denegación, renuncia o desistimiento.
- Expedientes anulados por error formal en Mesa de Entradas.
- Casos con retiro o destrucción del título, donde el trámite ya se encontraba materialmente finalizado, aunque seguía figurando activo.
Cambio de estado y depuración
La resolución ordena a la Dirección de Gestión Digital e Información Tecnológica que proceda a la depuración total de la base activa del sistema “En trámite” y disponga el cambio de estado a “Finalizado” de los expedientes incluidos en el Anexo correspondiente.
Asimismo, se aclara expresamente que la medida no genera derechos a favor de terceros ni implica reconocimiento alguno de vigencia registral o protección legal.
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