La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha una reforma clave del sistema de registro tributario que empezará a regir el 2 de marzo de 2026 y que apunta a un doble objetivo: simplificar los trámites para los contribuyentes y, al mismo tiempo, reforzar los controles fiscales.
La medida quedó oficializada a través de la Resolución General 5803/2025 y redefine la forma en que personas y empresas se inscriben, actualizan sus datos o se dan de baja ante el organismo recaudador. El cambio más visible -y el que impactará directamente en la vida cotidiana de muchos ciudadanos- es la eliminación de la Clave de Identificación (CDI) para personas humanas y sucesiones indivisas, que será reemplazada de manera definitiva por la CUIT como único identificador tributario.
Hasta ahora, la CDI funcionaba como una clave “intermedia” para quienes no tenían obligaciones fiscales directas pero necesitaban realizar trámites bancarios, notariales o registrales. Con la nueva normativa, esa distinción desaparece: cualquier persona que necesite interactuar con el sistema formal deberá hacerlo a través de una CUIT, aun cuando no esté inscripta en impuestos de manera activa.
En paralelo, ARCA profundiza la digitalización total del alta de CUIT, que podrá gestionarse de forma remota desde su página web o la aplicación ARCA Móvil. El procedimiento incluye validación de identidad, carga de documentación digital y constitución automática del Domicilio Fiscal Electrónico, sin necesidad -en la mayoría de los casos- de concurrir a una oficina.
Desde el organismo explican que esta reorganización busca ordenar un entramado normativo que se había vuelto complejo y fragmentado, con múltiples resoluciones superpuestas. Al concentrar los procedimientos en un solo marco legal, ARCA apunta a que los contribuyentes tengan reglas más claras y trámites más previsibles, aunque bajo un esquema de mayor trazabilidad y control.
La reforma también introduce un enfoque más estricto frente a inconsistencias registrales. El organismo podrá limitar o inactivar el CUIT cuando detecte irregularidades, falta de documentación o situaciones consideradas de riesgo fiscal. Además, se refuerza la posibilidad de cancelar de oficio la inscripción como empleador en casos de inactividad prolongada o incumplimientos reiterados.
En síntesis, el nuevo sistema propone menos claves, más digitalización y una única identidad tributaria desde el inicio, en un cambio que modifica la relación entre el Estado y los contribuyentes desde el primer trámite formal.
Qué cambia desde marzo de 2026
| Tema clave | ¿Cómo era hasta ahora? | ¿Qué cambia con la nueva norma? |
|---|---|---|
| Identificación de personas | Existían CUIT y CDI | Se elimina la CDI para personas y queda solo la CUIT |
| Alta de CUIT | Digital o presencial | Mayormente digital, vía web o app |
| Trámites simples sin CUIT | Posibles con CDI | Requerirán CUIT obligatoriamente |
| Controles registrales | Dispersos | Más unificados y estrictos |
| Vigencia | — | Desde el 2 de marzo de 2026 |
CUIT, CUIL y CDI: qué es cada cosa y qué cambia
CUIL (Código Único de Identificación Laboral)
Identifica a las personas en el sistema laboral y previsional.
Se usa para trabajar en relación de dependencia, aportes jubilatorios y cobertura social.
👉 No se elimina ni se modifica.CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria)
Identifica a personas y entidades ante el sistema tributario.
Es obligatoria para facturar, inscribirse en impuestos o realizar trámites fiscales.
👉 Con la nueva normativa, pasa a ser la única clave válida ante ARCA.CDI (Clave de Identificación)
Era una clave intermedia para personas sin obligaciones impositivas.
👉 Deja de otorgarse y será reemplazada por la CUIT cuando se necesite identificación fiscal.
Desde marzo de 2026, quien necesite identificarse ante el fisco deberá hacerlo con CUIT, aunque ya tenga CUIL y no pague impuestos.





