Históricamente, los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) cobraban hasta hoy el 80% del monto total del haber por mes, mientras que el 20% acumulado durante el año se pagaba de una vez, cuando se acreditaba la presentación de la Libreta AUH (cumplimiento de controles sanitarios, vacunación obligatoria, ciclo escolar).
Ahora, el Ministerio de Capital Humano implementó modificaciones en la forma de acreditar estas condiciones, implementando un mecanismo de “verificación automática” mediante el intercambio de información entre el Ministerio de Salud y la ANSeS.
La medida se conoció este jueves a través de la Resolución 1170/2025, publicada en el Boletín Oficial, y entró en vigencia desde su publicación, se informó.
Al eliminar la necesidad de trámites presenciales de carga de libretas para quienes ya están integrados en el sistema de salud pública, se busca reforzar la vinculación entre la política sanitaria y la de ingresos, y garantizar la continuidad del cuidado de la salud durante la primera infancia.
Asignación Universal por Hijo (AUH): liquidación mensual del 20%
• Verificación Automática: Si la información remitida mensualmente por el Ministerio de Salud a la ANSES permite acreditar los controles sanitarios y el plan de vacunación (para menores de hasta 4 años inclusive), el 20% reservado se liquidará de forma automática y mensual junto con el 80% habitual.
• Condicionalidad Escolar: Para niños y niñas a partir de los 5 años, se mantiene la obligatoriedad de acreditar el ciclo escolar (mediante certificado de alumno regular) en establecimientos oficiales.
• Vías Alternativas: En caso de que la información no esté disponible en los registros oficiales, el titular conserva el derecho de presentar la documentación ante ANSeS para proceder a la liquidación.
Por otra parte, la norma también modifica las condiciones para el cobro de la Asignación Universal por Embarazo (AUE), simplificando el proceso.
Asignación por Embarazo: Simplificación en el cobro final
• Cruce de Datos: El cumplimiento de los controles médicos de seguimiento podrá tenerse por acreditado directamente con la información que el Ministerio de Salud remita a la ANSES.
• Requisitos de Finalización: Para liberar el pago, se deberá seguir acreditando la finalización del embarazo mediante partida de nacimiento, certificado de defunción o interrupción del embarazo.
• Plazo de Caducidad: Se establece un plazo de 12 meses desde la ocurrencia del evento (nacimiento, defunción o interrupción) para acreditarlo; de lo contrario, el derecho al cobro del 20% caducará automáticamente.
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