El 10 de diciembre de 2020, el ex agente de bolsa Carlos Carrascosa (por entonces a punto de cumplir 76años) era absuelto de manera definitiva del homicidio de su esposa María Marta García Belsunce, luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazara la última apelación del Ministerio Público Fiscal bonaerense.
Casi dos décadas después del crimen cometido el 27 de octubre de 2002 en el country Carmel de Pilar y con un período de siete años y medio en los que el viudo estuvo preso, este fallo dejó firme la absolución que, tras una revisión de la causa, el Tribunal de Casación bonaerense había dictado en 2016 para Carrascosa.
“El recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, resulta inadmisible (…). Por ello, y oído el señor Procurador General de la Nación interino, se desestima la queja”, señaló el fallo de dos páginas de la Corte que lleva las firmas de Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti.
El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, había dictaminado días antes a favor de Carrascosa al opinar que debía ser desestimada la última apelación que hizo en 2018 el Ministerio Público Fiscal bonaerense contra la absolución del viudo de María Marta, argumentando que “el recurso extraordinario por arbitrariedad de sentencia es de naturaleza excepcional, pues no le corresponde a la Corte sustituir a los jueces de la provincia en temas de prueba y de derecho común y procesal local, que son propios de éstos”.
Años más tarde, el tercer juicio por el “crimen del country” sentó en el banquillo a Nicolás Pachelo, quien finalmente fue condenado a cadena perpetua en marzo de 2024.
María Marta García Belsunce fue hallada sin vida en la bañera de su casa ubicada en el barrio cerrado “Carmel Country Club” el 27 de octubre de 2002 a las 19:00. Al efectuarse el informe médico sobre su deceso se atribuyó su muerte a un resbalón y posterior golpe en la sien con la canilla, lo que la desmayó y le produjo asfixia por inmersión.
Un mes más tarde, y por la insistencia de Juan Hurtig (medio hermano de la víctima), se ordenó la autopsia del cadáver y allí los médicos forenses descubrieron que la fractura de cráneo que tenía la víctima había sido producida por cinco disparos de un arma calibre 32. Los forenses inicialmente vieron una sola herida, con hundimiento y fractura de cráneo, compatible con el golpe contra el grifo, pero al abrir el cráneo descubrieron dentro del mismo cinco proyectiles.
A partir de estos acontecimientos, el caso cobró una trascendencia pública sin precedentes en la historia del periodismo policial argentino.








