Este domingo PRIMERA EDICIÓN daba cuenta de que la Policía de Misiones había rescatado el día sábado a un caballo por explotación y abandono en el barrio Aeroclub de Posadas. Este lunes se informó que el equino murió debido a su estado crítico de salud.
En la jornada sabatina, un vecino alertó a la fuerza provincial que el caballo había ingresado a su propiedad, tambaleándose y mostrando evidentes signos de deterioro físico. El animal cayó al suelo, consciente, pero sin fuerza para levantarse.
Tras la llegada de los efectivos de la Comisaría Decimoctava, se constató que el animal presentaba un cuadro crítico compatible con abandono y posible explotación, por lo que se dio aviso al juez de Instrucción 2, Juan Manuel Monte, quien ordenó actuaciones por maltrato animal, con la notificación de la causa al propietario del animal.
En ese marco, el caballo fue trasladado a la Fundación Libre Relincho, donde iba a comenzar un tratamiento integral orientado a su recuperación física y emocional, con alimentación adecuada, hidratación, cuidados veterinarios especializados y seguimiento permanente para su recuperación. Sin embargo, este mediodía de lunes desde la fundación informaron que el equino no resistió más y murió.
De esta manera, el juez Monte ordenó la detención de Marcos Ignacio L. (53), pero se declaró “en reserva” por el momento. El hombre quedó aprehendido bajo el resguardo de la Comisaría Decimoctava de la Unidad Regional X a la espera de la resolución judicial.
Fuentes cercanas indicaron a PRIMERA EDICIÓN que el hombre será indagado mañana martes y pedirá la excarcelación, lo que posiblemente se cumplirá, ya que la ley, en cuanto a maltrato animal, es muy endeble.
En Misiones, el maltrato animal crece, pero hay cero condenados
Tal y como publicó este Diario en sus ediciones impresa y web, el maltrato animal está penado por la Ley 14.346, pero pocas veces se avanza más allá de una contravención para el acusado. “La ley penal vigente no permite avanzar con condenas reales para castigar a los responsables”, clarificó a PRIMERA EDICIÓN el abogado especializado en Derecho Ambiental, secretario del Consejo de la Magistratura y coordinador del Instituto de Derecho Penal Ambiental de la Universidad Católica de Santa Fe, Leonardo Villafañe.
Su diagnóstico reflejó la profunda distancia entre las expectativas sociales y lo que el marco jurídico puede ofrecer: “Las provincias no pueden crear delitos. Solo pueden establecer contravenciones. Lo penal es facultad exclusiva del Congreso de la Nación”, advirtió tras señalar el límite que enfrentan tanto los juzgados locales como los cuerpos policiales al intervenir.
En ese sentido, el abogado explicó que la normativa central en materia de maltrato animal, la Ley 14.346, sancionada en 1954, establece penas que no superan un año, lo cual en la práctica “dificulta cualquier despliegue judicial significativo”.
A su vez, puso énfasis en la ambigüedad conceptual, ya que términos como “trabajo excesivo”, “malos tratos” o “condiciones inadecuadas” presentes en la ley “no cuentan con un desarrollo jurisprudencial suficientemente uniforme para agilizar procesos”, dijo enfático.
Esa falta de claridad, según contó, provoca que “los expedientes tarden en tramitarse, queden supeditados a criterios dispares o dependan de pruebas difíciles de obtener sin órdenes judiciales específicas. Asimismo, en casos de maltrato dentro de viviendas particulares, la barrera legal es más evidente”.













