La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en todo el territorio argentino la elaboración, fraccionamiento y comercialización -incluyendo las plataformas de venta por internet- de un suplemento alimentario que se presentaba como natural y adaptógeno, bajo la marca Health Zana.
Según el organismo, se trata de un producto apócrifo que carece de los registros sanitarios necesarios y utiliza un número de expediente inexistente.
La medida, publicada este jueves en el Boletín Oficial mediante la Disposición 7832/2025, alcanza al producto rotulado como “Extracto hidroalcohólico – Reishi y Ashwagandha, marca: Health Zana, Suplementos Funcionales, Adaptógeno, Suplemento Alimentario, EXP N° 00005790/23 – Pilar, Buenos Aires”.
El caso se originó a partir de una consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), dependiente de la ANMAT, quien solicitó verificar la genuinidad del producto.
El Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional del INAL realizó consultas a la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de la provincia de Buenos Aires, a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA).
La respuesta de la DIPA fue contundente: el producto no se encuentra autorizado ni posee registros en el sistema provincial o nacional, por lo que su comercialización infringe la normativa alimentaria vigente.
Ante esta situación, el INAL notificó el Incidente Federal N° 4887 en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) y concluyó que el producto se encontraba en infracción al artículo 3° de la Ley N° 18.284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71 y al artículo 13 del Código Alimentario Argentino (CAA).
Según la disposición, el suplemento “no puede ser identificado de forma fehaciente y clara como producido, elaborado o fraccionado en un establecimiento determinado”, por lo que no podrá ser fabricado ni vendido en ninguna parte del país.
Fuente: medios digitales.





