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Promulgaron la Ley Nicolás para una atención médica segura

El Gobierno nacional publicó la nueva Ley 27.797 que establece un marco legal para proteger derechos de pacientes, controlar mala praxis y crear un registro nacional de incidentes sanitarios.

8 octubre, 2025

El Gobierno promulgó este miércoles la “Ley Nicolás” (Ley 27.797), que busca establecer un marco jurídico e institucional para garantizar el derecho a una asistencia sanitaria de calidad y segura. De esta forma, la normativa, que fue aprobada en el Senado se busca garantizar la calidad y seguridad sanitaria en todo el país, evitando diagnósticos errados y mala praxis.

“Esta ley tiene por finalidad asegurar el derecho a una asistencia sanitaria de calidad y segura, centrada en las personas y en las comunidades, a través de la definición de un marco jurídico e institucional que promueva la transformación de las pautas culturales, la mejora de las condiciones de la práctica sanitaria, la protocolización y jerarquización de los procesos de atención, la incorporación de herramientas tecnológicas adecuadas, la disminución de daños evitables, y el cuidado del marco de trabajo del equipo de salud“, indica el primer artículo de la Ley 27.797, que fue publicada esta madrugada en el Boletín Oficial.

Esta ley complementa la Ley 26.529 (Derechos del Paciente) y la Ley 27.275 (Acceso a la Información Pública). Su aplicación es obligatoria para todas las instituciones proveedoras de servicios de salud, tanto públicas como privadas.

En el texto oficial, se confirmó la creación del RUDEC, un Registro Unificado de Eventos Centinela (suceso que causa muerte, daño permanente o temporal derivado de la atención sanitaria), que funcionará como un sistema para reportar incidentes de seguridad, eventos adversos y otros eventos que requieran investigación, con criterio “no punitivo”.

En ese sentido, en la disposición se detalla que el organismo deberá adoptar medidas en respuesta a las notificaciones y garantizar la confidencialidad de la información obtenida.

La normativa establece que si un profesional es sancionado o inhabilitado en una jurisdicción, esa inhabilitación abarcará todo el país. “Las instituciones proveedoras de servicios de salud deben contar con métodos de selección transparentes y equitativos para la selección e incorporación de su personal, orientados a generar la mejor oferta posible”, sanciona y sostiene que las autoridades deben informar a la Red Federal de Profesionales de la Salud (REFEPS).

En esa línea, se especifica que dentro de un plazo máximo de cuatro años, todas las jurisdicciones deberán disponer de plataformas digitales interoperables para la historia clínica.

Asimismo, las instituciones están obligadas a establecer protocolos de actuación para la prevención de daños evitables, implementar procesos estandarizados de atención , incluyendo vigilancia y control de infecciones , y diseñar planes de auditoría y programas de autoevaluación para la certificación de calidad.

La entrada en vigencia está prevista para los 180 días posteriores a su publicación, y el Poder Ejecutivo deberá reglamentarla en el mismo plazo.

Aptitud de personal

La norma establece como obligatoria la verificación periódica de la aptitud profesional del equipo de salud para garantizar equidad y calidad.

Esta verificación se debe vincular a las competencias específicas y puede incorporar mecanismos de simulación para destrezas técnicas.

Además, el equipo de salud debe realizar capacitaciones periódicas y obligatorias en calidad, seguridad de la atención y legislación vigente.

En ese marco, exige a las instituciones asegurar una dotación de personal adecuada, limitar la duración de turnos y horas de trabajo para evitar el agotamiento , y prever medidas de protección contra la violencia o intimidación en el ejercicio de su labor.

 

La muerte de Nicolás Deanna

Por su parte, el proyecto fue impulsado por la abogada Gabriela Covelli, madre de Nicolás Deanna (24), un joven que murió en 2017 luego de un diagnóstico erróneo.

El sábado 21 de octubre de 2017 fue a atenderse con el doctor Ricardo Cap por un fuerte dolor de cabeza. El médico le recetó dos analgésicos. Los malestares continuaron y dos días después volvió a ver a Cap. Ese día le dieron el primer diagnóstico: contractura en la base del cráneo. Lo que en realidad tenía, se supo más tarde, era una meningitis bacteriana. El joven fue dado de alta pero a las pocas horas comenzó a levantar fiebre, realizó un exoftalmos bilateral y lo internaron en la Clínica del Bosque de Pinamar con un suero sin medicación. “Confundió este último síntoma con una alergia, selló así la muerte de mi hijo”, relata Gabriela Covelli, mamá de Nicolás, que no resistió más y finalmente falleció el 2 de noviembre de ese año.

“Los procedimientos médicos que provocan lesiones o muertes, son tratados como homicidios culposos o de lesiones culposas. La pena del homicidio es de dos a cinco años, cuando se trata de una muerte por mala praxis. En estos casos los médicos rara vez suelen ir presos. Por eso, también se busca subir el mínimo y el máximo de la pena”, indicó Covelli.

La iniciativa transitó por un proceso de aprobación que se extendió por varios años, dado que fue impulsada en 2021 y comenzó a ser discutida a mediados de 2023.

ley nicolas

Fuente: Crónica e Infobae.

Tags: Diagnósticos erradosLey NicolásMala praxisMédicosPenasSalud Pública
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