El Ministerio de Justicia, a través de la Resolución 1062/2025, puso en marcha el Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud (PROMESA), un nuevo sistema cuyo objetivo es descomprimir la Justicia y garantizar una resolución rápida y especializada de los conflictos entre pacientes y prestadores de salud, como obras sociales, prepagas y entidades del sistema público.
La medida, impulsada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 379/2025, establece que todos los reclamos en materia de salud deben pasar por mediación obligatoria antes de iniciar una acción judicial, salvo en casos de emergencia médica o urgencia procesal.
La norma entró en vigencia el 1 de septiembre de 2025, con la publicación en el Boletín Oficial.
¿En qué consiste?
El PROMESA es un procedimiento extrajudicial que busca resolver conflictos como:
- Negativa de cobertura de tratamientos, estudios o cirugías.
- Demoras injustificadas en la atención.
- Diferencias sobre la calidad o continuidad de la prestación.
La mediación se realizará en laJjusticia federal con asiento en la provincia del domicilio del paciente, garantizando un acceso local y ágil. El proceso será gestionado a través del Sistema MEPRE, totalmente digital, y los mediadores deberán estar inscriptos en un nuevo registro especializado: el REGMESA (Registro de Mediadores en Materia de Salud).
Creación del REGMESA: mediadores especializados
Uno de los pilares del nuevo sistema es la creación del REGMESA, un apartado diferenciado dentro del Registro Nacional de Mediación (REGMED), exclusivo para profesionales capacitados en conflictos de salud.
Para formar parte del REGMESA, los mediadores deben:
- Tener más de 1 año de antigüedad en el REGMED o en un registro provincial habilitado.
- Aprobar un curso de capacitación específica en mediación en salud.
- Contar con Clave Fiscal nivel III y una cuenta bancaria a su nombre para el cobro de honorarios.
Además, se permite la incorporación transitoria de mediadores provinciales, facilitando la integración federal del sistema.
Honorarios: incentivo por acuerdo y recuperación del Fondo
Una de las novedades más significativas es el sistema de honorarios:
- Si la mediación termina sin acuerdo, el honorario lo abona el Fondo de Financiamiento de la Ley 26.589.
- Si hay acuerdo, el honorario se multiplica por cinco (5x), como incentivo para lograr soluciones consensuadas.
- El monto base se calcula según la escala del Decreto 1467/2011, referido a asuntos sin valor económico.
Importante: si el paciente no inicia la demanda judicial en 30 días hábiles tras la mediación sin acuerdo, deberá reintegrar al Fondo el monto pagado al mediador. Lo mismo ocurrirá si el prestador de salud es condenado en costas.
Trámites 100% digitales
La resolución elimina los trámites presenciales. Ahora, toda la inscripción, actualización de datos y gestión de casos se realiza a través del sistema TAD (Trámites a Distancia) y el Sistema MEPRE, con plazos claros:
- Las actas deben cargarse en hasta 2 días hábiles tras cada audiencia.
- Los mediadores deben mantener actualizados sus datos, firma digital, sello profesional y domicilio fiscal.
Supervisión y control
El Ministerio de Justicia, a través de la Dirección Nacional de Mediación, tendrá facultades para:
- Supervisar audiencias (presenciales o virtuales).
- Iniciar actuaciones disciplinarias por incumplimientos.
- Suspender o excluir mediadores que no cumplan con sus obligaciones.
Además, se establece un procedimiento de recuperación automática de los honorarios pagados por el Fondo, gestionado por el Servicio Jurídico del Ministerio, que podrá iniciar acciones de ejecución contra quienes deban reintegrar el dinero.
Repercusiones y objetivos
El lanzamiento del PROMESA marca un antes y un después en la política de acceso a la Justicia en materia de salud. Sus principales objetivos son:
- Reducir la litigiosidad en conflictos sanitarios.
- Agilizar la resolución de reclamos de pacientes.
- Profesionalizar la mediación con especialistas capacitados.
- Descentralizar el sistema y federalizar el acceso.
¿Quiénes están afectados?
- Pacientes que tengan conflictos con su obra social o prepaga.
- Mediadores que deseen especializarse en salud.
- Obras sociales y prepagas, que deberán participar obligatoriamente.
- Jueces federales, que deberán derivar los casos al PROMESA cuando corresponda.
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