El Ministerio de Justicia aprobó un nuevo protocolo operativo que regula la recepción de bienes provenientes de actividades ilícitas incautados por la Justicia nacional y federal.
De acuerdo a la Resolución 543/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial y firmada por Mariano Cúneo Libarona, la medida busca garantizar la trazabilidad y una gestión ordenada de estos activos para incorporarlos al patrimonio público.
Según la normativa, los tribunales deberán remitir documentación técnica, registral y económica que acredite la existencia, estado y valuación de los bienes. La cartera de Justicia solo asumirá la custodia y administración cuando se haya verificado la validez e integridad de la información recibida.
El protocolo incluye bienes inmuebles, vehículos, objetos no registrables, dinero en efectivo y activos financieros, y prevé requisitos diferenciados para cada tipo.
Bienes registrables y no registrables
Para el caso de aquellos bienes registrables, como vehículos, embarcaciones o aeronaves, se exigirá documentación registral, el estado de deuda, condiciones físicas y funcionales, fotografías, lugar de guarda y datos del custodio. En tanto, para los bienes no registrables -como maquinaria, tecnología o herramientas-, se deberá presentar una descripción detallada, condiciones de conservación, estimación de valor y un listado inventariado si se trata de lotes.
Inmuebles y dinero en efectivo
A la vez, en cuanto a los inmuebles, el juzgado deberá presentar información sobre la ubicación exacta, la superficie, el tipo de propiedad, su estado edilicio y jurídico, las personas que lo ocupan, posibles contratos vigentes y una valuación estimada. Paralelamente, se debe precisar si existen litigios pendientes y remitir fotografías actualizadas, si las hubiera.
El protocolo además abarca dinero en efectivo. En estos casos, los tribunales deberán informar el monto exacto y la moneda, el lugar de guarda, el acta de secuestro y toda documentación contable disponible. Cuando se trate de activos financieros o intangibles, como cuentas bancarias, títulos o criptomonedas, la Justicia deberá acompañar constancias de la entidad depositaria, los datos del titular original y la orden judicial que haya dispuesto el congelamiento o bloqueo, si existiera.
La cartera de Justicia no podrá aceptar ningún bien si la información enviada resulta incompleta o inexacta. En esos casos, notificará al juzgado interviniente para que subsane las faltas. La iniciativa apunta a fortalecer la cooperación entre el Poder Judicial y el Ejecutivo en la gestión de bienes incautados por delitos o procesos de extinción de dominio.
Fuente: Ámbito.





