La utilización cada vez más frecuente de los monopatines eléctricos como medio de movilidad en espacios públicos de Apóstoles, impulsó al deliberativo a avanzar en la regulación de su uso, proyecto que terminó siendo aprobado en la última sesión.
La edad mínima para guiar una “patineta” eléctrica se estableció en 16 años, la misma deberá disponer de luces, tanto adelante como atrás y de giro, entre otros puntos. El conductor deberá usar casco.
Fue la sesión siete del año en el cual la edil Guadalupe Pintos Garro presentó el proyecto para la reglamentación del uso del monopatín eléctrico, que en definitiva fue aprobado por unanimidad.
“Reglamentar la conducción de monopatines eléctricos es fundamental para garantizar la seguridad de los peatones y de los propios usuarios. Establecer normas claras y específicas puede ayudar a prevenir accidentes y conflictos en espacios públicos”, indicó la edil.
Insistió en que “regular el uso de estos vehículos puede contribuir a una convivencia más armoniosa entre los diferentes medios de transporte y Apóstoles va en ese sentido”.
La nueva regulación establece que los vehículos de movilidad personal requerirán para poder circular el certificado que garantice el cumplimiento de los requisitos técnicos exigibles por la normativa nacional e internacional recogidos en su manual de características, así como su identificación.
Un monopatín eléctrico, en principio, entra en la categoría de los llamados Vehículos de Movilidad Personal (VMP) que deben estar reglamentados, al igual que las motocicletas, con motor a tracción propia de más de 50 cc. de cilindrada y que puede desarrollar velocidades superiores.
En el caso de los monopatines eléctricos, su circulación, no debe superar una velocidad superior a 30 km/h. Además, estos vehículos deben estar dotados de un sistema de frenado, advertencia acústica, luces y dispositivos reflectantes traseros y delanteros, además de las luces de giro.










