El conflicto por el cobro de tasas municipales en las boletas de servicios públicos sumó un nuevo capítulo en Oberá.
El intendente Pablo Hassan, a través del área jurídica del municipio, presentó una acción de amparo contra el Estado nacional para frenar la aplicación de la Resolución 267/2024 del Ministerio de Economía, que prohíbe a las prestatarias incluir conceptos ajenos al servicio que brindan.
La decisión, que busca preservar el sistema local de recaudación del alumbrado público, fue revelada por un pedido de informe que hizo la concejal del PRO, Mara Ivis Frontini.
La presentación judicial, realizada ante el Juzgado Federal de Oberá, fue confirmada en una nota oficial firmada por el director de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad, Luis Ariel de Olivera, dirigida a la edil.
En el escrito, al que accedió este medio, se detalla que la comuna interpuso el recurso bajo el título “Municipalidad de la Ciudad de Oberá Misiones c/ Ministerio de Economía de la Nación – Secretaría de Industria y Comercio s/ Amparo Ley 16.986”, expediente FPO-5946/2024. En su comunicación, el funcionario informa que el juzgado dictó una medida cautelar que suspende los efectos de la Resolución 267/24 hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo, lo que habilita -por el momento- al municipio a continuar con el sistema vigente de cobro de tasas a través de la Cooperativa Eléctrica Limitada de Oberá (CELO).
La normativa nacional cuestionada establece que las facturas de servicios públicos deben reflejar exclusivamente los cargos vinculados a dichos servicios, como parte de una política más amplia de ordenamiento fiscal y transparencia impulsada por la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación.
El municipio de Oberá, sin embargo, argumenta que en su caso se trata de una situación particular. En la segunda página de la nota enviada a la concejal Frontini, se expone que la CELO actúa como agente de retención por contrato, a partir de un acuerdo con el municipio, por el cual se encarga tanto de la recaudación de la Tasa de Alumbrado Público como de la prestación efectiva del servicio.
El documento aclara que la cooperativa no opera como simple recaudadora, sino como prestadora integral del servicio de alumbrado, lo que justificaría, desde el punto de vista del Ejecutivo local, el sistema vigente.
Además, se argumenta que trasladar esa gestión directamente al municipio implicaría un incremento sustancial de los costos administrativos, ya que se necesitaría crear una oficina exclusiva para el cobro, con personal propio y mobiliario específico.
“La finalidad buscada por esta administración mediante dicho sistema de cobro (en uso del principio de autonomía municipal) es lograr una administración ordenada y eficiente de los recursos”, expresa el escrito.





