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Absolvieron al policía que vio los candados cerrados pero no las fajas rotas del depósito

Cristian Cristaldo fue declarado inocente por el beneficio de la duda (principio in dubio pro reo) por el delito de “omisión de deberes de funcionario público”. No habría detectado, durante su turno de guardia, que hurtaron estupefacientes de la celda acondicionada para secuestro frente a su silla y escritorio.

13 diciembre, 2024
FINAL CONFORME. Cristaldo (chomba a rayas) y su abogado Matías Sotelo se retiran del Tribunal Federal con la absolución en mano.

FINAL CONFORME. Cristaldo (chomba a rayas) y su abogado Matías Sotelo se retiran del Tribunal Federal con la absolución en mano.

Fueron cuatro las jornadas de debate en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Posadas las que se necesitaron para juzgar a un suboficial de la Policía de Misiones, encartado desde 2019 por “omisión de deberes de funcionario público” por el robo de una veintena de kilos de marihuana prensada del depósito que debía custodiar en la comisaría Primera de Eldorado y del que no advirtió que los candados fueron cambiados, las fajas judiciales federales rotas y a sus espaldas habían apartado en una pequeña oficina, tres bolsas con un peso similar, cada una, y dejado la pinza cizalla con la que lograron abrir la celda acondicionada para el estupefaciente.

Por lo ocurrido entre la noche del 9 y mañana del 10 de marzo de 2019, a Cristian Omar Cristaldo lo imputaron y llegó a debate ante los jueces federales Fabián Gustavo Cardozo, como presidente del tribunal y a los subrogantes Enrique Jorge Bosch y Juan Manuel Iglesias.

El efectivo de la Policía provincial fue absuelto ayer por el beneficio del “in dubio pro reo”, de la duda que favorece al acusado. El fallo fue leído a las 12.30 de ayer por el juez Fabián Cardozo y luego de los alegatos de la fiscal Vivian Andrea Barbosa y el defensor particular Matías Eduardo Sotelo.

Barbosa solicitó para Cristaldo una pena de diez meses de inhabilitación como funcionario público y la multa máxima que exige el artículo 249 del Código Penal Argentino. “Cometió una violación negligente”, resumió la fiscal del TOCF de Posadas.

Pero el alegato fue puntilloso y destacó la labor de los investigadores del Escuadrón 10 “Eldorado” de Gendarmería Nacional que intervinieron bajo las órdenes del juez federal Miguel Ángel Guerrero. “Los tres peritos que declararon fueron los que verificaron que las llaves de los candados no abrían, que habían tres bolsas con registros y con panes de marihuana afuera del depósito (…) También hallaron las fajas de las puertas violentadas y extrajeron 72 bolsas para luego confirmarse que cuatro habían sido sacadas de ese lugar”, una de ellas es la que desapareció con la veintena de kilos mencionada y que los habrían escondido entre restos de pasto cortado por uno de los acusados, Fernando Mosqueda (también policía provincial) quien se hizo cargo de su participación en el delito y firmó un juicio abreviado de seis años de prisión.

“Cristaldo estuvo de guardia entre las 19 del 9 de marzo de 2019 y las 7 del día siguiente. Fue imputado por la negligencia. Fue sujeto activo, debe responder por el delito. Su función asignada era la de custodiar la droga secuestrada desde un escritorio. Las guardias eran de doce horas y Cristaldo lo único que tenía que hacer era sentarse y cuidar el estupefaciente y, si lo hubiera cumplido, no se concretaba el robo”.

“Mosqueda lo reconoció, rompió los candados y sacó las bolsas. El plan era disimular la marihuana en bolsas de consorcio negras con pasto cortado. Las mismas bolsas, los efectivos de Gendarmería durante el allanamiento ordenado, encontraron en el casillero de la comisaría que le correspondía a Mosqueda”. Barbosa remarcó del libro de guardia una curiosa aclaración: Durante la madrugada del 10 de marzo, Cristaldo consignó que los candados del depósito estaban cerrados. “No tiene la mínima lógica, porque entre los candados no vio que las fajas de registro estaban violentadas, rotas, y esto era perfectamente visible desde su silla”.

Remarcó: “La misión de Cristaldo era muy fácil de cumplir: debía únicamente cuidar el estupefaciente de alto valor económico. No pudo haber pasado por alto que las fajas de papel estaban rotas”. “Ahí está el dolo, actuó con omisión y la pena corresponde al agravante de que se trata de un funcionario público, un enjuiciado que desprestigia a la Policía de Misiones”.

La fiscal también destacó del contexto del exprefecturiano que ingresó a la fuerza de seguridad provincial en 2015 y para 2019 ya había acumulado 16 sanciones disciplinarias y tres sumarios administrativos, antes del hecho juzgado.

Matías Sotelo basó luego su alegato de defensa en que Cristaldo “cumplió con su función” y que fue Nicolás Eduardo Quintana, el suboficial quien lo reemplazó y “recibió la guardia sin novedades” a las 7 del 10 de marzo de 2019. “Fue Quintana quien debió recorrer la guardia antes de recibirla”.

Sotelo apuntó responsabilidades en jefes superiores a los guardias: “Había personas de mayor rango que no se hicieron cargo del lugar y las condiciones del mismo depósito. No se probó que Cristaldo haya abandonado la guardia o incumplido la función”.

Enfatizó que Cristaldo necesitaba la absolución de toda culpa porque “perdería su fuente de trabajo si era condenado” como lo solicitó a la Fiscalía. El Tribunal, de acuerdo al fallo resolutorio lo tomó como creíble, le creyó y los fundamentos correspondientes serán presentados el 19 de diciembre próximo.

Tags: #Judiciales#MarihuanaCristian CristaldoPolicialesTribunal Oral en lo Criminal Federal
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