SAN VICENTE. Hace unos meses el Concejo Deliberante de esta localidad aprobó la ordenanza 71, que reglamenta el “servicio de transporte escolar”, que surge de un proyecto presentado por el concejal del Frente Renovador Gabriel Espinoza y comenzará a regir a partir del año que viene.La nueva norma deroga a la ordenanza 03 del año 2000, que reglamentaba el funcionamiento del servicio de transporte escolar en esta ciudad. La misma ordenanza establece que se creará un registro municipal de los actuales prestadores de este servicio y en el inicio de cada ciclo lectivo deberán hacer un reconocimiento sobre la higiene y la seguridad del vehículo.Dentro de los requisitos está que el vehículo que funcione como transporte escolar deberá someterse a la verificación técnica vehicular semestralmente y tener seguros de responsabilidad civil para personas transportadas y terceros.Dentro de los cambios que se introdujeron con la nueva ordenanza con respecto a la del año 2000, se detalla que los vehículos a usarse en este tipo de transporte público podrán tener hasta quince años de antigüedad, a los diez que estaba establecido. De allí que se incorporó la necesidad de la VTV semestral.Los requisitos de seguridad del automóvil a usarse para el transporte escolar son los mismos que para otros tipos de transportes públicos. Deberán tener piso antideslizante, cinturones de seguridad para todos los pasajeros y hacer una desinfección mensual obligatoria con un organismo que disponga la Municipalidad.La velocidad máxima para los transportes escolares será de cuarenta kilómetros por hora, tanto en calles como avenidas. En caso de que el propietario quiera utilizar el vehículo para otro tipo de viajes, deberá comunicarlo a la Municipalidad, al área de control, 24 horas antes del servicio y posteriormente se verificará el estado de higiene y seguridad del automotor.El vehículo tendrá que contar en su interior con el comprobante de la habilitación municipal, comprobante del número máximo de pasajeros que puede transportar, y de desinfección obligatoria, además llevar adherida al parabrisas delantero la oblea provista por el órgano de aplicación la habilitación e identificación del automotor utilizado. Los conductores deberán tener en el momento de conducir su identificación personal, libreta de sanidad expedida por la Municipalidad de San Vicente, licencia de conductor expedida por la Municipalidad local que lo habilite a conducir este tipo de transporte.Aunque sea el propietario del vehículo, si no tiene estas documentaciones no podrá conducir el mismo. Podrá contar con un colaborador que asista a los pasajeros.En la presente ordenanza no se establece el costo básico del pasajero, por lo que deja liberado a los empresarios poner el costo del servicio.Actualmente hay dos empresarios que se dedican al transporte escolar. Se rigen por la ordenanza del año 2000. El costo del pasaje actualmente lo definen entre ellos y en conformidad de los beneficiarios del servicio. Los servicios actualmente son en tres turnos, mañana, tarde y noche. También hay horarios diferentes para los alumnos de nivel inicial que van en distintos horarios a los primarios. La Municipalidad cuenta con dos unidades de transporte escolar que prestan servicio a la escuela Especial 30, aportado por la Conadi.





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