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Boleto de compraventa: ¿Es suficiente para hacerte dueño?

28 octubre, 2023

En nuestro país, la compraventa de un inmueble (lote, casa, departamento, etc.) DEBE hacerse por escritura pública, que es el instrumento público por el cual se transmite el dominio del mismo, o sea, su propiedad.

No obstante, muchas veces se celebra, previamente un BOLETO DE COMPRAVENTA, es decir un contrato privado entre las partes, por el cual éstas se obligan a escriturar.

En este punto, cabe preguntarse: ¿Qué es un boleto de compraventa y cuál es la diferencia con la escritura?

El boleto de compraventa es un documento privado, en donde las partes dejan plasmadas las condiciones del negocio inmobiliario. Para ello, el boleto aporta mayor garantía para el cierre de acuerdos inmobiliarios, en especial, cuando ocurren circunstancias como por ejemplo, cuando el comprador aún no cuenta con los fondos necesarios para concluir el pago o el vendedor no puede dejar el inmueble rápidamente o la propiedad se encuentra en obras.

Por lo tanto, el boleto de compraventa es clave para la seguridad de ambas partes involucradas en este tipo de operación inmobiliaria. Tanto es así, que consiste en un contrato previo a la firma de la Escritura, cuyo valor radica en garantizar la concreción de la transacción.

¿Quién lo redacta?

El boleto de compraventa genera derechos y obligaciones para las partes interesadas. Debido a su importancia, aun cuando puede ser redactado por las partes, se recomienda que un abogado, escribano o una persona con suficiente conocimiento sobre leyes inmobiliarias revise el boleto de compraventa antes que las partes lo firmen.

¿Cuáles son las ventajas del boleto de compraventa?
En primer lugar, este documento proporciona seguridad al negocio, al dejar asentadas las cláusulas donde las partes dejan plasmados sus derechos y obligaciones, que garantizarán la mayor probabilidad de cumplimiento de lo pactado.

¿Qué otros beneficios tiene?

1.-Es un elemento probatorio: sirve como comprobante de la aceptación de todo lo acordado, por ejemplo: precio, fecha de entrega del inmueble, etc., así como establece penalidades en el caso que el comprador y/o el vendedor no cumplan con sus obligaciones.

2.- Proporciona prioridad al comprador sobre terceros: El comprador de buena fe, tiene prioridad sobre los derechos de terceros que hayan trabado medidas cautelares sobre el inmueble. Sin embargo, para que esto sea posible, deben reunirse ciertos requisitos: a) el comprador tiene que haber contratado con quien figura como dueño en el Registro de la Propiedad inmueble (o sea, con el titular registral) o bien poder demostrar una perfecta cadena de cesiones entre los adquirentes sucesivos que le permitan subrogarse en su posición jurídica. b) haber abonado, como mínimo, el 25% del precio con anterioridad a la traba de la medida cautelar; c) el boleto tiene que tener fecha cierta; por ejemplo mediante la certificación de firma ante notario, d) la adquisición debe tener la publicidad suficiente, por ejemplo mediante la entrega de la posesión. (art.1170 CCCN) Asimismo, el boleto es oponible a la quiebra del vendedor siempre que haya pagado al menos el 25% del precio total del inmueble (art.1171 CCCN), es decir, tiene prioridad ante los acreedores del vendedor, en caso que a éste se le declare la quiebra.

3.- Incrementa la probabilidad de éxito ante demandas judiciales. El boleto de compraventa, constituye una obligación de hacer la escritura pública. Por lo tanto, el comprador puede demandar al vendedor ante el juez en el caso de que se niegue o se resista a otorgar la escritura pública en el plazo adecuado (art.1018 CCCN) y, si la parte condenada es remisa, el juez puede hacerlo en su representación, siempre que las demás contraprestaciones estén cumplidas.

¿Cuál es la diferencia con la escritura?

En nuestro país, para la transmisión de la titularidad de un inmueble, es obligatoria la realización de una escritura pública, es decir, el instrumento público extendido en el protocolo de un escribano público u otro funcionario autorizado.

Diferencias:

1.- Redacción y obligatoriedad. La redacción del boleto de compraventa no es obligatoria, por lo que depende del acuerdo entre las partes, quienes pueden redactarlo. En su redacción, las partes tienen autonomía de su voluntad por lo que pueden acordar las cláusulas que crean convenientes o necesarias a ambas partes. En cambio, la redacción de la escritura es obligatoria, la realiza un escribano público y tiene requisitos esenciales, cuya ausencia produce la nulidad de ella.
2.- Naturaleza jurídica del documento. Mientras el boleto de compraventa es un instrumento privado, firmado por las partes, la escritura pública es un instrumento público extendido en un protocolo notarial ante un escribano público que ejerce la fe pública por delegación del Estado.
3. Garantía de titularidad. Mientras la escritura pública certifica que la persona que vende es la propietaria del inmueble, el boleto de compraventa es simplemente un documento que registra el acuerdo de voluntades de las partes en un negocio de compraventa inmobiliaria.

Por lo tanto, el boleto de compraventa es un documento privado y opcional que se firma en la etapa previa a la escrituración. No reemplaza a la escritura, no implica la transmisión de dominio, por lo cual NO CONVIERTE en dueños o titulares del inmueble, no obstante lo cual, el incumplimiento de las condiciones acordadas tiene consecuencias jurídicas para cualquiera de las partes.

En la próxima nota nos referiremos a la posesión y a la tenencia de inmuebles, las diferencias entre ambas situaciones y qué derechos otorgan con relación al inmueble sobre el cual se ejercen.

Tags: Boleto de CompraventaJurídicos de Primera
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A pesar de la ordenanza que prohíbe el uso de pirotecnia sonora, la noche del 24 y la madrugada del 25 de diciembre volvieron a estar marcadas por estruendos en distintos barrios de la ciudad. Desde la Fundación de Apoyo a Padres de Hijos del Espectro Autista (FAPADHEA) advirtieron que este año se registraron más reclamos que en 2024 y que, en algunas zonas, “no hubo prácticamente ninguna diferencia con los tiempos previos a la normativa”.Así lo expresó Eduardo Sisto, presidente de la fundación, quien lamentó que “volvimos a unos años atrás porque un grupo importante de ciudadanos no entiende lo que es la convivencia respetuosa”. “A mucha gente le importó muy poco la salud integral de las personas con autismo, de los niños, de los ancianos y de las mascotas, y tiraban cohetes como si nada”, señaló.
El tradicional mercado La Placita vivió una Navidad con un movimiento comercial positivo que sorprendió incluso a los propios comerciantes. Así lo afirmó María Eva Duarte, referente y locataria del paseo, quien destacó que las ventas estuvieron por encima de lo que se esperaba en un contexto económico complejo.“La verdad es que no nos podemos quejar, fue más de lo que nos imaginábamos”, aseguró Duarte al hacer un balance de los días previos a la Navidad. Si bien reconoció que el nivel de ventas no alcanzó al de otros años, remarcó que “estuvo bien, estuvo bien, gracias a Dios”, lo que permitió cerrar las fiestas con alivio y optimismo.
El Parque Nacional Iguazú y el Área Cataratas celebraron la Navidad con una noticia que reafirma la fortaleza del destino turístico: el 25 de diciembre se alcanzó el ingreso del visitante número 1.500.000 en lo que va de 2025. El dato fue confirmado por Nicolás Benítez, director de Marketing del Ente Municipal de Turismo de Iguazú (ITUREM), quien destacó el buen nivel de ocupación y las perspectivas alentadoras para la temporada de verano.“Estamos gratamente sorprendidos por el movimiento que se está dando en el destino. Hace bastante tiempo no teníamos una ocupación tan notable en estas fiestas”, señaló Benítez, al referirse al flujo turístico registrado durante Nochebuena y Navidad.
Los siniestros viales vinculados al consumo de alcohol volvieron a ocupar un lugar central en la agenda durante el último fin de semana, especialmente en la noche del 24 de diciembre. Frente a este escenario, la jueza de Faltas de la dependencia N.º 3 de Posadas, Bettina Alejandra Balbachán, advirtió que el problema excede ampliamente a las sanciones y puso el foco en un cambio cultural profundo.“No hablamos de accidentes, hablamos de siniestros, y lamentablemente venimos viendo un incremento sostenido, sobre todo en fechas festivas”, señaló la magistrada, al tiempo que remarcó que los niveles de alcoholemia detectados no son excepcionales. “Un dosaje de 1,57 no es el más alto que he visto, es un número habitual, y en fechas festivas suele ser incluso mayor”, afirmó.
En el marco de las celebraciones de Navidad y Año Nuevo, desde la Fundación de Apoyo a Padres de Hijos del Espectro Autista (FAPADHEA) renovaron el pedido de evitar el uso de pirotecnia sonora y apostar por festejos más empáticos e inclusivos. Así lo expresó Patricia Caramuto, integrante de la entidad, quien remarcó la importancia de “ponerse en el lugar del otro” a la hora de celebrar.“Cuando hablamos de festejos, de compartir y de inclusión, también hablamos de la importancia de evitar la pirotecnia justamente en estas fiestas y celebrar con un poco más de empatía”, sostuvo Caramuto, al señalar que el impacto del ruido no afecta solo a personas con autismo, sino también a adultos mayores y mascotas.
En la antesala de la Nochebuena, Navidad y los festejos de fin de año, el abogado especialista en Seguridad Vial, Luis Di Falco, volvió a poner el foco en una problemática que se repite año tras año: el consumo de alcohol y su impacto directo en los accidentes de tránsito. “Cuando hablamos de alcohol no tenemos que hablar únicamente en las fiestas, sino todo el año, todos los días”, advirtió.Di Falco remarcó que en verano el consumo aumenta y con él los riesgos. “La gente toma todos los días, cuando hace calor toma más, y eso después se ve reflejado en las estadísticas de accidentes”, señaló. En ese sentido, explicó que muchos siniestros que se presentan como despistes o salidas solitarias de la calzada “en realidad tienen detrás alcohol, distracciones y exceso de velocidad”.
La Asociación Civil Dar a Luz, que desde hace casi tres décadas acompaña a mamás y bebés del Hospital Materno Neonatal, realizó un balance altamente positivo del 2025. Así lo expresó Iris Melano, vicepresidenta de la entidad, quien destacó el fuerte acompañamiento de la comunidad y las acciones solidarias desarrolladas a lo largo del año.“Este año fue excelente para nosotras. Estuvimos muy acompañadas por la comunidad, tuvimos muchas colaboraciones y pudimos cumplir nuestros objetivos con las mamás y los bebés”, afirmó Melano, al resumir el trabajo realizado por la asociación
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