BUENOS AIRES (Centro de Información Judicial, agencias y diarios digitales). El juez Horacio Alfonso declaró constitucionales dos artículos de la Ley de Medios cuestionados por el Grupo Clarín resolviendo así la cuestión de fondo y la polémica suscitada a partir de la fecha de caducidad el paso 7 de diciembre.El lunes pasado, el fiscal del caso, Fernando Uriarte, se había expedido en idéntico sentido al analizar la cuestión de fondo.Con el dictado del fallo, el Grupo Clarín pierde la protección de la medida cautelar, y el Gobierno nacional podría avanzar sobre sus licencias, pero en caso de apelar ante la Cámara -se descuenta que el grupo lo hará- la cautelar podría volver a tener efecto.Hasta ahora el Poder Ejecutivo fue frenado por la Justicia, luego de que la Cámara Civil y Comercial prorrogara la cautelar en favor del Grupo Clarín y después de que la Corte Suprema rechazara el recurso del per saltum presentado por el Gobierno.La Cámara había dispuesto que la cautelar siguiera vigente hasta que se resolviera la “cuestión de fondo”, es decir, si son constitucionales o no los artículos de la Ley de Medios que el Grupo Clarín impugnó y que lo obligan a desprenderse de parte de sus licencias.El fiscal Uriarte, titular de la Fiscalía Nacional en lo Civil y Comercial Federal 5, solicitó el lunes a Alfonso que desestime el planteo de inconstitucionalidad interpuesto por Clarín sobre los artículos 41, 45, 48, segundo párrafo, y 161 de la Ley de Medios.En su dictamen, el representante del Ministerio Público Fiscal de la Nación sostuvo que la normativa impugnada “no conculca los derechos constitucionales de propiedad y de comercio del Grupo Clarín”, al expedirse sobre la cuestión de fondo de la Ley de Medios.Apelación en puertaAhora con el fallo de Alfonso, Clarín puede apelar ante la Cámara Civil y Comercial. En ese sentido el grupo anunció en el sitio web del diario que apelará la sentencia.La decisión fue objetada por Clarín, quien mediante un comunicado dio su punto de vista y adelantó sus próximas acciones:“Hace instantes, y a pesar de que el expediente aún no estaba en condiciones de dictar sentencia, el Grupo Clarín fue notificado de que el juez Horacio Alfonso se pronunció a favor de la constitucionalidad de los artículos impugnados de la Ley de medios.“El fallo además ignora contundentes elementos probatorios aportados a lo largo de más de 3.000 fojas en el expediente, entre ellos las pericias oficiales que respaldaron claramente la posición del Grupo Clarín.“Resulta llamativo, por no decir materialmente imposible, que una causa de tanta complejidad haya sido resuelta en pocas horas, sin siquiera respetar los plazos procesales, que recién el martes próximo hubieran dejado al expediente en condiciones de dictar sentencia. Con lo cual se ha violado además la garantía del debido proceso.“Cabe destacar asimismo que el fallo conocido hoy no permite ningún avance del Gobierno sobre las licencias del Grupo Clarín, ya que el levantamiento de la cautelar dictado por Alfonso no resulta efectivo hasta que se pronuncie la Cámara Federal Civil y Comercial. Con lo cual la medida cautelar dictada en el proceso sigue plenamente vigente”, señala el comunicado del grupo.BeneplácitoMinutos después de conocer el fallo, el titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), Martín Sabbatella, celebró públicamente el dictamen de constitucionalidad de la Ley de medios.“Es un día para celebrar. A partir de ahora hay que cumplir la ley”, aseguró el funcionario kirchnerista en una entrevista concedida a C5N. Aunque admitió que no había leído el fallo entero, sino que se enteró por uno de los abogados del organismo que preside, Sabbatella afirmó que el juez Alfonso entendió que “no hay ningún elemento para hablar de inconstitucionalidad (de la ley de medios)”.“Esto termina con todas las medidas cautelares”, indicó Sabbatella, haciendo hincapié en que a partir de ahora el Grupo Clarín debe adecuarse a la norma, que en sus artículos 45 y 161 establece la desinversión y la venta de licencias de radio y TV sobrantes.“Es una ley y hay que cumplirla. Nadie tiene coronita”, aseveró antes de criticar al conglomerado de medios. “Esta es una ley de la democracia que estuvo parada durante tres años por las presiones de las corporaciones”, señaló.Sin precisar los pasos a seguir, Sabbatella consideró que ahora “el Afsca tiene que analizar el plan de adecuación que presente Clarín”. Cronología2009• 18 de marzo: La presidenta Cristina Fernández de Kirchner presenta el anteproyecto de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual. “Esperamos que nadie crea que puede ser dueño de la palabra”, afirma.• 10 de octubre: El Senado sanciona la ley. El Grupo Clarín plantea la inconstitucionalidad del artículo de desinversión.• 16 de diciembre: El juez civil y comercial federal Edmundo Carbone concede la medida cautelar pedida por el Grupo Clarín para que se suspenda la aplicación del artículo 161 de la ley. Es justamente el que obliga a desprenderse de canales de televisión, radios y señales en el plazo de un año para adaptarse a la nueva norma.2010• 1 de septiembre: El Poder Ejecutivo reglamenta la llamada “ley de medios” pese a la vigencia de dos fallos judiciales que habían paralizado su aplicación. Se detallan entonces regulaciones a los contenidos y se establece que las licencias de las que deban desprenderse los medios quedan expuestas a ser transferidas “de oficio” por el Gobierno.2012• 22 de mayo: La Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronuncia y decide que la cautelar que beneficia al Grupo Clarín vencerá el 7 de diciembre de 2012.• 22 de septiembreSe emite por primera vez, en una transmisión de Fútbol para Todos, el spot oficial contra el Grupo Clarín. Nace entonces el denominado “7D”.• 27 de noviembre: La Corte Suprema rechaza ampliar la medida cautelar del Grupo Clarín y resuelve que debe fallar la Cámara Civil y Comercial Federal.• 5 de diciembre: El Gobierno nacional vuelve a recusar a los jueces de la Cámara. El ministro de Justicia, Julio Alak, denuncia un “alzamiento judicial”.• 6 de diciembre: La Cámara de Apelaciones se pronuncia y decide prorrogar la cautelar “hasta que haya sentencia definitiva”. El Gobierno nacional anuncia que pedirá la nulidad del fallo.• 10 de diciembre: En un fallo unánime, la Corte Suprema de J
usticia de la Nación rechazó el per saltum presentado por el Gobierno Nacional en contra de la extensión de la cautelar que benefició al Grupo Clarín.• 11 de diciembre: Tras el fallo de la Corte Suprema, el Gobierno nacional presentó el recurso ante la Cámara contra la cautelar del Grupo Clarín. Además, ese mismo día, el fiscal Fernando Uriarte consideró constitucionales los artículos en cuestión y llamó al juez Alfonso a pronunciar un fallo en el término de cinco días.• 14 de diciembre: El juez de primera instancia, Horacio Alfonso, en un fallo de sobre “la cuestión de fondo”, dice que los artículos en cuestión son constitucionales. Claves• El juez Horacio Alfonso, a cargo del Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N° 1, fallo a favor de la aplicación plena de la Ley de Medios al considerar “constitucionales” los artículos objetados por el Grupo Clarín.• De esta forma, Alfonso hizo lugar al dictamen del fiscal federal Fernando Uriarte, quien había establecido que los artículos 45 y 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual eran “constitucionales” y le había pedido al magistrado que desestimara el planteo del Grupo Clarín contra su aplicación, la que se encuentra suspendida a raíz de una medida cautelar.• Si bien el juez Alfonso tenía 40 días para fallar, el magistrado acató la orden de la Corte Suprema de Justicia para que se pronunciara con celeridad en medio de la disputa por la prórroga de la cautelar.• Al respecto, está previsto que la semana próxima la Cámara en lo Civil y Comercial Federal resuelva el “recurso extraordinario” presentado por el Gobierno para recurrir a la Corte en contra del fallo que prorrogó la medida cautelar que mantiene en suspenso la aplicación de esos artículos clave para el Grupo Clarín.





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