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Oficializaron los límites a las prisiones preventivas

19 noviembre, 2019
Imagen ilustrativa

La comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal decidió este martes avanzar en la aplicación de esa norma en todo el país, en donde regirá a partir del viernes próximo, y que, entre otros puntos, plantea límites a las prisiones preventivas de los acusados.

La Bicameral tomó esa decisión al publicar este lunes la resolución 2/2019 en el Boletín Oficial, informando quedecidió implementar los artículos 19, 21, 22, 31, 34, 80, 81, 210, 221 y 222 del Código Procesal Penal, “disponiendo su implementación a partir del tercer día hábil posterior a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial, para todos los tribunales de la Justicia Nacional Penal”.

El artículo 221 indica qué se debe considerar a la hora de definir el “peligro de fuga”. Entre otras razones, se considerarán el arraigo y las facilidades para abandonar el país; la naturaleza del hecho y la constatación de detenciones previas; el comportamiento del imputado, “en particular, si incurrió en rebeldía o si ocultó o proporcionó falsa información sobre su identidad o domicilio”.

En tanto, el artículo 222 -crucial para los casos en cuestión- trata el “peligro de entorpecimiento” en la averiguación de la verdad.

El artículo señala que se deberá tener en cuenta la existencia de indicios que justifiquen la grave sospecha de que el imputado: “Destruirá, modificará, ocultará, suprimirá o falsificará elementos de prueba; intentará asegurar el provecho del delito o la continuidad de su ejecución; hostigará o amenazará a la víctima o a testigos; influirá para que testigos o peritos informen falsamente o se comporten de manera desleal o reticente; inducirá o determinará a otros a realizar tales comportamientos, aunque no los realizaren”.

Además, el artículo 210 enumera nueve medidas de coerción (desde la promesa del imputado de no obstaculizar la investigación hasta el arresto domiciliario y la vigilancia con dispositivos electrónicos) anteriores a que se pueda dictar la prisión preventiva.

El nuevo Código Procesal Penal fue aprobado por el Congreso a fines de 2018 y su aplicación, prevista en etapas, comenzó a regir en junio.

Los artículos que entran en funcionamiento esta semana fueron aprobados por la Bicameral de Monitoreo e Implementación del nuevo Código Procesal el miércoles 13, con la firma de representantes del kirchnerismo, del macrismo, del peronismo y de la centroizquierda.

Desde 2016 hubo una escalada de preventivas, con 74 entre exfuncionarios, dirigentes políticos y empresarios. Apenas media docena de ellos continúan en prisión.

Hasta este momento se utilizaba “la doctrina Irurzun”, denominada así por el presidente de la Cámara Federal porteña que confirmó la detención preventiva de Julio De Vido en la causa por corrupción en la mina de Río Turbio.

El camarista Martín Irurzun indicó que era grave el faltante de expedientes en la causa y que el exministro de Energía, al ser diputado, tenía “un rol preponderante como presidente de la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados”.

Sus palabras luego fueron tomadas como fundamento para establecer otras prisiones preventivas.

 

Considerandos

En los considerandos se recuerda que el nuevo código empezó a regir el 10 de junio pasado para “todas las causas que se inicien en la jurisdicción de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta”, que abarca a esa provincia y a Jujuy.

En ese punto, precisa que “desde el comienzo de esa implementación se han verificado numerosos planteos judiciales en diversas jurisdicciones del país, tendientes a la aplicación a los procesos en trámite bajo la Ley N° 23.984 de diversos institutos previstos en el Código Procesal Penal Federal, que permiten un mayor resguardo de las garantías constitucionales que protegen los derechos de los justiciables en el marco del proceso penal”.

Por esto, apunta que “frente a estos planteos judiciales, y a fin de evitar que el sistema de progresividad territorial fijado” por la comisión Bicameral para una “mejor y más adecuada transición hacia este nuevo sistema procesal, genere y consolide interpretaciones disímiles y contradictorias que provoquen situaciones de desigualdad ante la ley en relación con el goce de las garantías constitucionales”, corresponde que se “inicie un proceso de implementación normativa, a fin de evitar que se configuren estas situaciones de desigualdad durante el proceso de progresividad territorial”.

“A tal efecto -expresa- resulta indispensable implementar aquellos institutos procesales y/o artículos previstos en el Código Procesal Penal Federal que no resulten incompatibles con el sistema procesal establecido en la Ley N° 23.984, y que permiten un mayor goce de las garantías constitucionales para todos los justiciables de manera uniforme en todo el territorio nacional”.

Pone de relieve que “el artículo 22 del Código Procesal Penal Federal establece que los jueces y los representantes del MINISTERIO PUBLICO procurarán resolver el conflicto surgido a consecuencia del hecho punible, dando preferencia a las soluciones que mejor se adecuen al restablecimiento de la armonía entre sus protagonistas y a la paz social”.

Además, cita que “esta norma permite a los jueces y fiscales contar con una herramienta procesal para la implementación de métodos alternativos de resolución de conflictos, tal como el previsto en el artículo 34 del Código Procesal Penal Federal que permite la celebración de acuerdos conciliatorios entre la víctima y el imputado, que son herramientas propias de los sistemas acusatorios que permiten gestionar eficazmente la carga del trabajo”.

El nuevo cuerpo procesal enfatiza que la “inmediata vigencia de las normas que fijan en qué supuestos concretos la ley autoriza a presumir el peligro de fuga y/o de entorpecimiento – artículos 221 y 222-, y de aquella que fija el catálogo de medidas de coerción a las que puede recurrirse frente a tales supuestos y el grado de progresividad y jerarquía existente entre ellas -artículo 210-, evitará situaciones de desigualdad entre los justiciables en las jurisdicciones en las que se aplica el Código Procesal Penal Federal y aquellas en las que aún no se haya implementado integralmente”.

Fuente: Agencia de Noticias Télam y Medios Digitales

Tags: #JudicialesCódigo Procesal Penal Federal
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#fauna #misiones #ohana
En un contexto de creciente éxodo laboral desde Misiones hacia Brasil, motivado por la necesidad económica y la temporada de cosechas, autoridades provinciales advirtieron sobre los riesgos de estafas, explotación laboral y situaciones de trata de personas. Desde la Vicegobernación de Misiones, la Coordinación de Prevención, Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas puso el foco en la información y la prevención como herramientas clave.

La licenciada Yanina Boschmann, coordinadora del área, explicó que este fenómeno “no es nuevo, se repite todos los veranos cuando coincide la cosecha en Brasil con la interzafra en Misiones”, aunque remarcó que “la situación económica actual aumenta la vulnerabilidad y hace que más personas decidan irse a trabajar al otro lado de la frontera”.
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez lanzó duras críticas a dos de las principales iniciativas impulsadas por el Gobierno nacional en las últimas horas: la creación de la denominada Oficina de Respuesta Oficial y el proyecto de Ley Penal Juvenil que propone bajar la edad de imputabilidad a los 13 años. En ambos casos, advirtió sobre posibles vulneraciones a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales de derechos humanos.

En diálogo con El Aire de las Misiones  Gil Domínguez sostuvo que la nueva oficina anunciada por el Ejecutivo constituye “un claro intento de ejercer censura indirecta”, una práctica prohibida tanto por la Constitución como por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. “La censura indirecta es la más compleja, porque no opera mediante prohibiciones explícitas, sino a través de prácticas estatales que generan un temor fundado a expresarse y producen un efecto disuasivo sobre la libertad de expresión”, explicó.
La Fundación Ohana expresó una profunda preocupación por los reiterados hechos de crueldad contra la fauna silvestre nativa, vinculados a la captura, tenencia y utilización de animales con fines de mascotismo y comercio ilegal. Así lo manifestó su presidente, Fernando Piesco, en diálogo telefónico, donde alertó sobre el impacto ambiental, social y ético de estas prácticas que se repiten en la provincia de Misiones.

“Es un tema lamentablemente recurrente y por eso agradecemos la visibilización, porque solo así se pueden tomar medidas que tiendan a una solución definitiva”, señaló Piesco, quien además es referente en conservación de fauna silvestre.

El dirigente hizo referencia a un video difundido recientemente por la fundación en el que se observa a un coatí muerto y a su cachorro intentando escapar. “Es una escena muy cotidiana, sobre todo en algunas comunidades, donde se han ido perdiendo prácticas ancestrales de cuidado y respeto por la naturaleza para dar lugar al uso de la fauna para mascotismo o comercio, algo que culturalmente no existía”, explicó.

Según Piesco, estas prácticas generan un grave daño no solo a los animales individuales, sino también a la biodiversidad en general. “En época de pichones de loros sacan a las crías para venderlas; en la de coatíes o monos, matan a las familias para quedarse con los cachorros. Esto provoca situaciones de maltrato y crueldad que afectan seriamente a las poblaciones silvestres”, advirtió.
La firma del acuerdo de comercio e inversión entre Argentina y Estados Unidos, celebrada por el Gobierno nacional como un paso clave para incrementar exportaciones en más de 200 productos, abrió un debate inmediato en distintos sectores de la economía. Desde el comercio y la producción, surgen dudas sobre la capacidad del país para sostener mayores ventas externas sin afectar el abastecimiento interno, especialmente en el rubro cárnico.

Nelson Lukowski, comerciante de la ciudad de Posadas, planteó reparos sobre el contexto productivo actual y advirtió que “antes que nada tenemos que ver si realmente la Argentina está en condiciones de abastecer con todos esos productos que se anuncian”.

En ese sentido, fue especialmente crítico sobre la situación de la ganadería. “Argentina viene de décadas de destrucción de lo que es la cría de ganado. Hoy países vecinos como Uruguay y Paraguay son los principales exportadores hacia Estados Unidos, Europa y China, mientras nosotros nos ocupamos durante años de destruir nuestra producción”, sostuvo.
La reciente creación de la denominada “Oficina de Respuesta Oficial” por parte del Gobierno nacional abrió un fuerte debate político y mediático en torno a la libertad de expresión, el rol del Estado frente a la información y la relación con la prensa. El anuncio, realizado a través de redes sociales, generó reacciones inmediatas de periodistas, organizaciones del sector y analistas políticos.

En diálogo con Primera Plana , Facundo Londero, analista político de la consultora Zuban Córdoba, sostuvo que se trata de una iniciativa que todavía presenta muchas incógnitas. “Se lanzó hace apenas unas horas vía Twitter esta nueva cuenta y esta oficina que va a servir, en principio, para desmentir operaciones mediáticas. Todavía no sabemos bien cuál es su lugar en el organigrama oficial ni cómo va a funcionar en términos formales”, explicó.

Según Londero, la propuesta recuerda a experiencias impulsadas en Estados Unidos durante la presidencia de Donald Trump. “Es muy similar a lo que funciona allá, una oficina pensada para desmentir, pero también para confrontar directamente con ciertos medios cuando hay publicaciones que el gobierno considera erróneas o tergiversadas. Javier Milei replica muchas de esas modalidades comunicacionales”, analizó.
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