BUENOS AIRES (DyN). La Corte Suprema de Justicia le ordenó al Pami, la obra social de los jubilados, que suministre a una organización no gubernamental información sobre la distribución de su publicidad en dos períodos.El máximo tribunal hizo lugar al pedido de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), que había reclamado esos datos basada en el acceso a la información pública consagrado en la Constitución Nacional.Con la firma de todos sus ministros, la Corte rechazó un recurso extraordinario del Pami, como consecuencia directa de la audiencia pública a la que había convocado el 22 de noviembre pasado.La ADC reclamaba información sobre el presupuesto para publicidad del Pami en 2009, pero la obra social de los jubilados invocó un decreto de 2003 que, si bien regula el acceso a la información pública, “no les es aplicable pues se refiere a las instituciones que forman parte del Estado, lo que no es su caso”.La Corte dijo que “el fundamento central del acceso a la información en poder del Estado consiste en el derecho que tiene toda persona a conocer la manera en que sus gobernantes y funcionarios se desempeñan”.





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