POSADAS. El Gobierno provincial parece haber tomado nota del informe especial de PRIMERA EDICIÓN del pasado 24 de junio y puso a trabajar al área Legal y Técnica de la Rosadita. Así, en un suplemento especial del 10 de agosto pasado, publicó los decretos reglamentarios de siete leyes vinculadas a la economía, producción y salud.Pero aún siguen siendo más de medio centenar las leyes (desde 2008 a la fecha) que no tienen la reglamentación oficial, la que debe ser publicada para su entrada en vigencia legal. Entre las que esperan el trámite reglamentario están: el Régimen de Estampillado y Bancarización de la Yerba Mate (Nº 4459); la Provincial de Salud (Nº4388); de Voluntariado Social (Nº4522); de Ejercicio de Corretaje Inmobiliario (I Nº152); Adhesión a Ley Nacional de Tránsito 24.449 y Consejo de Seguridad Vial 26.363 (Nº 4511); autorización a circular con perro guía a personas con deficiencia visual total o parcial (XIX Nº52); Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual y Creación del Banco Provincial de Huellas Genéticas Digitalizadas (XIV Nº10); Regulación de Uso de Plantas con Efectos Terapéuticos para la Protección y Promoción de la Salud (XVII Nº73), entre otras.Otra de las críticas que se hace al Ejecutivo tuvo su atenuante desde la publicación de este diario a la fecha. Al menos ahora, a los pocos días de ser sancionada una nueva norma jurídica en la Cámara de Representantes, aparece su promulgación. Un dato a tener en cuenta es que de las leyes aprobadas en las quince sesiones, ninguna fue vetada por el Ejecutivo.Despertar legislativoAsí, aparecieron con la respectiva normativa que permite su puesta en práctica los siguientes marcos legales: Decreto 665 (fechado el 23 de mayo de 2011) alimentos artesanales; Decreto 870 (4 de julio de 2012) Registro de Tareferos; Decreto 871 (4 de julio de 2012) Ferias Francas de Productores y Mercado Concentrador de Posadas; Decreto 872 (4 de julio de 2012) Registro de Productores; Decreto 1128 (7 de agosto de 2012) obliga a publicitar leyenda “Jugar compulsivamente es perjudicial para la salud”; Decreto 1129 (7 de agosto de 2012) Régimen de Promoción, Fomento y Radicación de Actividades de Producción Local”; y el Decreto 1127 (7 de agosto de 2012) que obliga a la publicación de la leyenda “Bebidas energizantes, el consumo con alcohol es perjudicial para la salud”.El caso más sorprendente de estadía en los cajones oficiales es el de la ley de “alimentos artesanales”. La fecha del instrumento se remonta a fines de mayo del año pasado (quince meses atrás) y hasta lleva la firma del ex ministro de Salud Pública José Guccione (hoy diputado nacional de la renovación, sucedido por Oscar Herrera Ahuad en la cartera sanitaria).Otros dos casos que hablan de la falta de decisión política del Ejecutivo para reglamentar normas legislativas, son las de los registros de tareferos y de productores. En los textos publicados días pasados en el paquete de las siete reglamentaciones nuevas, lo único que se determina en ambos casos es: “Establécese que el Ministerio del Agro y la Producción tendrá a su cargo la confección y actualización del Registro” y en el artículo siguiente se faculta a dicho ministerio a efectuar convenios y emitir las planillas oficiales para la apertura de los registros.En total, tienen cuatro considerandos de forma y cuatro artículos. Para cumplir con este “voluminoso” texto, pasó mucho tiempo sin que tareferos (el eslabón más castigado del trabajo rural) y de productores puedan estar hoy determinando su número y condiciones de labor.




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