BUENOS AIRES. La Justicia dejó sin efecto tres condenas a prisión perpetua dictadas contra menores de edad, por considerarlas inconstitucionales.La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió hacer lugar a tres recursos de revisión cuya consecuencia inmediata es que quedó declarada como inconstitucional la posibilidad de dictarle cadena perpetua a un menor de edad. El fallo de la Cámara fue en favor de César, Claudio y Lucas, para lo cual se invocó el informe 172/10 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que concluyó que el Estado Argentino había violado el derecho al recurso y la Convención sobre los Derechos del Niño al imponer penas de prisión y reclusión perpetuas a quienes eran menores de edad al momento de los hechos, entre otras violaciones a derechos de orden fundamental. El fallo declaró la inconstitucionalidad del artículo 80 inciso 7° del Código Penal en orden a la pena de prisión perpetua prevista con relación a niños, niñas y adolescentes por lesionar la Convención sobre los Derechos del Niño y el principio de culpabilidad. Asimismo, se hizo lugar a los recursos de inconstitucionalidad y casación planteados por las defensas respecto de dichas penas, se anularon las sentencias recurridas y se ordenó remitir la causa al Tribunal Oral de Menores 1 para que fije una nueva sanción.





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