OBERÁ. En su reunión del último martes, el Concejo Deliberante de esta ciudad aprobó, por unanimidad y tras su tratamiento sobre tablas, la ordenanza mediante la cual se exime del pago de tasas retributivas a la propiedad inmueble a la proporción comprendida y caracterizada como “Montes Protectores”, sean los mismos nativos o recuperados, y las fajas ecológicas que cada propiedad hubiese preservado o reconstituido que se encuentren en todo el trayecto del arroyo Ramón, fuente de captación de agua para abastecer a la ciudad.A través de un informe de prensa del cuerpo deliberativo, se informó que “cada uno de los propietarios que deseen adherirse al beneficio deberá acreditar dicha protección, del modo que establece la norma, o sea, a través de una declaración jurada anual, y en el supuesto de que la misma sea falsa, la ordenanza establece en concepto de multa un monto equivalente al cuádruple de la tasa eximida de la superficie que debiera ser preservada. En tanto los responsables de aquellas propiedades o lotes obligados a la preservación que en el plazo de un año no hayan sido preservados o reconstituidos deberán abonar una multa equivalente al doble de la tasa en cuestión”.De acuerdo al comunicado, los ediles solicitaron que se disponga un mecanismo de compensación de superficies equivalentes preservadas, cuando a juicio de técnicos resultara conveniente tal procedimiento para la captación y producción de agua.VigenteEl proyecto denominado “Montes protectores” recuerda que existen normativas que refieren a los bosques protectores partiendo desde el concepto dado de los mismos en el articulo1 y 2 de la ley provincial XVI Nº 53 (Antes Ley 3426), instrumento en el cual se denomina faja ecológica a la franja de bosques nativos que interconectan los bosques protectores, conformando de esta manera un sistema de defensa ecológica básica.Asimismo la Constitución Nacional en su reforma de 1994 introdujo competencias concurrentes de la Nación, las provincias y los municipios en materia ambiental y que en tal sentido la ley 25.675 establece los presupuestos mínimos para lograr una gestión sustentable y adecuada del ambiente, su preservación y protección de la diversidad biológica.





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