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Fueros y prontuarios

2 julio, 2017

En 2015 fue la candidatura de Mauricio Macri la que generó polémica. El entonces candidato aspiraba a la presidencia de la Nación con un procesamiento por la causa de “escuchas ilegales” sobre sus hombros. Tiempo después fue absuelto en un fallo no exento de sospechas de parte de la oposición. Como un boomerang este año se volvió contra el kirchnerismo por la candidatura de Cristina Kirchner. La expresidenta acumula 96 causas judiciales y busca ser senadora por la provincia de Buenos Aires con tres procesamientos a cuestas: Dólar Futuro, Austral Construcciones y Los Sauces. Más allá de la carrera política, siempre se cree que aquellos que pasaron por la función pública y tienen problemas con la Justicia, buscan acceder a una banca para quedar protegidos por los fueros. Estos originalmente fueron creados para proteger a los legisladores en caso que fueran perseguidos por sus opiniones políticas o en caso de un contragolpe de algún sector que fuera denunciado por el congresista.Este derecho está garantizado por el artículo 69 de la Constitución, que establece que sólo se podrá arrestar a un diputado o senador en caso de ser sorprendido in fraganti en un delito.Los fueros son una excepción al principio de igualdad ante la ley que consagra la Constitución Nacional y los únicos fueros reconocidos por esta son los que protegen a los diputados y senadores. El artículo 68 consagra la inmunidad de opinión, que garantiza que los legisladores no pueden ser molestados ni acusados o interrogados judicialmente por sus opiniones y discursos . El otro fuero que la Constitución otorga a los legisladores es la inmunidad de arresto. El derecho de los legisladores fue limitado por la Ley 25.320 (Ley de Fueros), aprobada en septiembre de 2000 luego del escándalo por los sobornos que se pagaron por la aprobación de la llamada “ley de reforma laboral”. En ella se establece que un funcionario, legislador o magistrado no puede ser encarcelado durante su mandato, a menos que haya sido desaforado, pero sí puede llevarse adelante todo el resto del proceso judicial. Lo que la ley sí prohíbe es que se allanen el domicilio o las oficinas de los legisladores.“El proceso judicial continúa, e incluso puede llegar a una condena penal. Lo que no se puede disponer es una medida privativa de la libertad”, aclaró el profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Buenos Aires (UBA) Andrés Gil Domínguez en una nota publicada por el sitio chequeado.comPara completarse efectivamente el arresto de la persona, debe llevarse adelante el desafuero, para lo cual es necesario que la Cámara correspondiente apruebe el desafuero con dos tercios de los votos. También debe hacerse si el legislador se niega a presentarse a declarar frente a la Justicia. “Los fueros aseguran que los miembros del Congreso (y también el presidente, vicepresidente, ministros y otros) puedan llevar adelante su trabajo sin impedimentos. Sin fueros o inmunidades un presidente podría impulsar que se arreste a legisladores que obstaculicen sus proyectos, o un juez podría mandar a arrestar a un presidente con cuya política no acuerde, lo que implicaría situaciones de golpe de Estado institucional”, explicó el politólogo Andy Tow.El caso de los ministros es similar, ya que pueden ser investigados durante el ejercicio de sus funciones, pero deben ser destituidos a través de un juicios político antes de ser encarcelados, como explica Delia Ferreira, miembro de Transparencia Internacional.El caso del expresidente Carlos Menem es un emblema de cómo una persona que fue condenada pero aún no está firme la sentencia puede aspirar a cargos electivos. Recordemos que dejó la presidencia de la república en 1999. Un año y medio después el juez Jorge Urso le dictó la prisión preventiva por la causa Tráfico de Armas a Ecuador y Croacia. Finalmente consiguió el arresto domiciliario hasta el 21 de noviembre de 2001. Ese mismo día se postuló nuevamente a la presidencia. Con otras causas a cuestas, en 2005 accedió a la senaduría de la nación por la provincia de La Rioja. Desde ese entonces mantiene los fueros como senador, pero estos se le vencen en diciembre de este año. Como dicta la legislación sobre los fueros, puede seguir en libertad hasta que no haya una condena firme. El pasado 21 de junio la Cámara de Casación confirmó la condena por el tráfico de armas, pero al senador le queda aún la instancia de apelación ante la Corte Suprema. Muchos creen que por ese motivo volvió a candidatearse como senador por su provincia. Si gana la banca (es lo más probable porque tiene muchos seguidores por aquellos lares) podrá nuevamente burlar la prisión a sus 88 años de edad. Aunque a decir verdad, después de haber esquivado las rejas a través de los años, ahora podría caberle nuevamente la prisión domiciliaria por sus años. Los fueros y los tiempos de la JusticiaEl diputado radical y extitular de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) y de la Oficina Anticorrupción, Manuel Garrido, señaló a Chequeado que “la ley vigente no obstaculiza el avance de las causas penales y tampoco hace que prescriban los delitos porque los plazos se suspenden”. Y agregó que “en la Argentina no tiene sentido pensar en eliminar los fueros, ya que las investigaciones se pueden realizar y garantiza la libertad para el trabajo del legislador, al impedir posibles abusos del Poder Judicial, que podría estar cooptado por el Ejecutivo, como es el caso en Venezuela”. En general, el problema de las causas en las que se investigan actos de corrupción está más relacionado con la larga duración de las investigaciones que con los fueros, ya que no hay muchos casos en los que legisladores hayan sido condenados y no se los haya podido encarcelar a causa de los fueros.En plena campaña presidencial de 2015, Mauricio Macri se sumó a la campaña #chau fueros encabezada por la candidata al Parlasur, Mariana Zuvic. Meses después se confirmó que en ese Parlamento los legisladores argentinos no iban a gozar de ese privilegio. Al contrario de lo que se esperaba, no hubo ningún avance al respecto en el Congreso de la Nación.  En nuestro país, hay roles de actores de la sociedad que están en crisis. Así como puede haber policías-delincuentes, hay legisladores-estafadores. A diferencia de lo que se espera de ellos, no buscan un lugar en el Congreso para aspirar a representar a la ciudadanía y velar por el bien común, sino escapar de una eventual detención por los delitos cometidos. En esos casos, es a todas luces un privilegio que ostentan, el cual se convierte en una burla al resto de la población. ¿Qué tiene que ver eso con la protección ante las opiniones políticas, el acoso ante los otros poderes del Estado o los poderes fácticos de una sociedad? Aunque se disfracen de republicanos, son cobardes delincuentes comunes. Parlasur sin fuerosEl 6 de julio de 2016, La Corte Suprema de Justicia dejó firme la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la ley que reglamentó la elecci
ón de parlamentarios del Mercosur y que pretendía otorgar a esos legisladores los mismos fueros que tiene los diputados y senadores nacionales.La Cámara Nacional Electoral que declaraba inconstitucional el artículo 16 de la ley 27.120 y desestimó el recurso extraordinario que en su momento presentó el Gobierno de la expresidenta Cristina Kirchner.La discusión sobre los fueros de los parlamentarios del Mercosur se intensificó tras la detención de la líder de la organización Tupac Amaru y parlamentaria del Mercosur Milagro Sala, y volvió a despuntar con el arresto de José López, el exsecretario de Obras Públicas que también tenía una banca en el Parlasur.

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