Los dos exjefes de la Unidad Penal III del Servicio Penitenciario Provincial fueron imputados por la Justicia en las últimas horas en medio de la investigación por la salida de internos del mencionado complejo sin autorización judicial, entre otras irregularidades sobre las que las autoridades pusieron la lupa.Se trata del alcaide inspector Roque Benítez, en su momento director de la cárcel de Eldorado, y el alcaide principal Luis Gómez, subdirector, quienes habían sido pasados a disponibilidad el pasado miércoles 7 de septiembre por orden del Ministerio de Gobierno, -a cargo de Marcelo Pérez- después de que el escándalo saltara a la luz.Así lo pudo saber PRIMERA EDICIÓN mediante sus fuentes, quienes indicaron que Benítez y Gómez fueron acusados formalmente por los delitos de “abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, omisión de actos de oficio, ejercicio de funciones correspondientes a otro cargo y coacción”.La imputación fue requerida por la doctora Bibiana Alderice, a cargo de la fiscalía de Instrucción 2 de Eldorado, ante la jueza que lleva adelante la sustanciación de la causa, la magistrada Nuria Allou.Ante esta situación, las fuentes indicaron que es probable que ambos sean llamados para declaración indagatoria.?Allí tendrán la posibilidad de brindar su versión de los hechos.Como este Diario informó semanas atrás, la investigación se inició el lunes 29 de agosto, cuando un desconocido arrojó un sobre anónimo bajo las puertas del Tribunal Penal 1 de Eldorado.El policía a cargo de la guardia remitió el sobre a los magistrados a cargo de ese órgano judicial, los magistrados Atilio León, Lyda Gallardo y?María Teresa Ramos. En la misiva se mencionaban una serie de irregularidades que, según el firmante, sucedían a diario en el complejo carcelario emplazado sobre la avenida El?Fundador de Eldorado.No obstante, en medio de esa enumeración, una de las cuestiones más graves tenía que ver con la presuntas salidas laborales de internos en supuesta condición de hacerlo, pero sin la correspondiente autorización, y hacia destinos no del todo claros. “(Se) Saca fuera del penal a internos que no están en condiciones de salir a trabajar, mintiendo el lugar donde van y realizando trabajos para entes públicos para beneficio propio” de los jefes de la Unidad, según se desprende de la carta.Ante esta situación, el Tribunal requirió informes urgentes a la UP-III que confirmaron al menos treinta salidas de presos sin el correspondiente aval judicial. Eso fue corroborado luego por la magistrada Allou, quien de manera inmediata ordenó un allanamiento en la cárcel y secuestró los registros de entradas y salidas.Esos libros junto con las testimoniales que por estas horas recepciona la Justicia serán determinantes para establecer el grado de responsabilidad que puede o no caberles a los dos exjefes de la penitenciaría eldoradense, quienes además permanecen supeditados a la investigación interna del Servicio Penitenciario Provincial.Encuadre legalLas imputaciones que pesan sobre los efectivos del Servicio Penitenciario Provincial en cuestión se configuran como delito en distintos artículos del Código Penal Argentino. Por ejemplo, en el artículo 248, bajo el título “abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público” se lee que “será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”, mientras que con respecto al delito de “omisión de actos de oficio”, el artículo 249 reza que “será reprimido con multa de pesos setecientos cincuenta a pesos doce mil quinientos e inhabilitación especial de un mes a un año, el funcionario público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto de su oficio”.Además, con respecto a la imputación por “ejercicio de funciones correspondientes a otro cargo”, el Código Penal establece en el inciso 3 del artículo 246 -bajo el título “Usurpación de autoridad, títulos u honores”- que “será reprimido con prisión de un mes a un año e inhabilitación especial por doble tiempo (…) el funcionario público que ejerciere funciones correspondientes a otro cargo”.





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