Lo denunció en varias oportunidades. Hasta tres veces dejó de vivir bajo el mismo techo. Sin embargo, el cariño por sus hijos y el amor por ese hombre siempre pudieron más. Al menos hasta aquella madrugada, cuando a fuerza de disparos el sujeto le cambió la vida para siempre. Ahora, el acusado deberá responder en juicio oral y público por dejar parapléjica a su propia mujer a los tiros, en el corolario de lo que fue una nueva discusión de pareja.El imputado tiene 42 años y, antes de ser detenido, se dedicaba al comercio. La víctima, de 41, lo había denunciado pero siempre volvía. El drama sucedió hace poco más de un año en Comandante Andresito -a 340 kilómetros de Posadas- y finalmente será ventilado ante un tribunal penal, tras la elevación a juicio requerida por el doctor Martín Brítez, en su momento titular de la fiscalía de Instrucción 3 de Puerto Iguazú y actualmente juez penal de esa jurisdicción.En el banquillo, el acusado se expone a una pena que podría llegar a los 20 años. La carátula del expediente lo dice todo. “Amenazas con arma de fuego, tenencia ilegal, desobediencia a una orden judicial y homicidio doblemente agravado por la situación de convivencia y por mediar violencia de género en grado de tentativa”, se lee detrás de su nombre.Mediante sus fuentes, PRIMERA?EDICIÓN pudo saber que el episodio tuvo lugar el sábado 18 de julio de 2015 en una vivienda del barrio Quintas Altas de Comandante Andresito, donde víctima y victimario residían con al menos uno de los hijos de la pareja.Al decir de la reconstrucción fiscal, todo sucedió alrededor de las 1, en medio de una dilatada discusión de pareja que había comenzado varias horas antes. Abrumada por la situación, la víctima decidió dejar la sala y subir a la planta alta del inmueble, hacia la habitación matrimonial, para descansar.De la investigación surge que el hombre siguió sus pasos y continuó con la discusión. Habría sido entonces que la mujer decidió calmarlo, momento en el que el imputado extrajo un revólver calibre 38 del cajón de una meza de luz. Con el arma en la mano, no lo dudó y abrió fuego. El proyectil ingresó por debajo de uno de los brazos de la víctima y fue a parar en la columna vertebral. Posteriormente, los médicos establecieron que la mujer sufrió sección medular y que había perdido la sensibilidad de la cintura para abajo.Se entiende ahora que fue justamente por eso que intentó pararse y no pudo, al notar que su pareja intentaba gatillar de nuevo. El instinto de sobrevivencia le indicó que debía escapar, pero las piernas no le respondieron.Y el hombre -lo confirma el expediente- efectivamente volvió a disparar. Creen los peritos que trató de ejecutar a su mujer, pero erró y el tiro fue a parar a la pared. No obstante, podría haber llegado a cumplir ese objetivo si no fuera porque familiares de ambos llegaron al escuchar los estampidos y lograron desarmar al tirador. Terminó así la pesadilla. O en realidad, así comenzó. Al poco tiempo, los médicos le informaron a la víctima que no volvería a caminar.Ese fue el corolario de una historia que ya había sumado tres separaciones, varias denuncias de la mujer en contra del hombre y hasta restricciones de acercamiento ordenadas por el Juzgado Civil y Comercial de Puerto Iguazú. En 2013, por ejemplo, producto de una de esas denuncias por violencia familiar, la Policía provincial incautó dos armas en poder del acusado.En la misma mañana de ese 18 de julio, el comerciante fue detenido. En principio se habló de un accidente doméstico, pero la Justicia determinó luego que había sido un ataque. Desde entonces, el imputado aguarda por su suerte tras las rejas en la Unidad Penal III del Servicio Penitenciario Provincial, en Eldorado, la misma ciudad donde en poco tiempo las autoridades judiciales determinarán qué responsabilidad le cabe por el hecho.Encuadre legalEl acusado llega a juicio imputado por varios delitos. No obstante, el más grave tiene que ver con el “homicidio doblemente agravado por la situación de convivencia y por mediar violencia de género” en grado de tentativa. Al respecto, el Código Penal Argentino establece las penas para esos agravantes en los incisos 1 y 11 del artículo 80, donde se fija que “se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua al que matare (…) a su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia”, y esa misma pena cuando el autor matare “a una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”. Sobre la tentativa, el artículo 44 indica que “si la pena (del delito) fuere de reclusión perpetua, la pena de la tentativa será reclusión de quince a veinte años. Si la pena fuese de prisión perpetua, la de tentativa será prisión de diez a quince años”.




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