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Colapsaron los juzgados de Familia por los “divorcios exprés”

12 agosto, 2015

POSADAS. El “no te pienso firmar el divorcio” ya no va más. La plena vigencia del nuevo Código Civil, Comercial y de Familia dejó en la historia al divorcio contencioso en el que no había común acuerdo de la pareja, por lo que muchos misioneros que no podían convencer a sus “ex” ahora abarrotan los juzgados de Familia solicitando la nueva versión de divorcio unilateral. En los juzgados del fuero en Oberá ya dieron treinta turnos para  divorcios “exprés” desde la vigencia del nuevo Código; y en Posadas, las dependencias están atentas a la misma demanda. También los estudios de abogados están debutando con la presentación de demandas de divorcio según el nuevo Código y readaptando las que ya estaban en marcha, en una verdadera prueba de fuego para el sistema que tiene que aprender todo de nuevo en relación al vínculo matrimonial y a su disolución. “En la mayoría de los casos se presentan personas separadas de hecho desde hace años, pero que no lograban convencer a la contraparte para iniciar el divorcio de común acuerdo”, coinciden en los juzgados. Estas parejas vivieron la “ficción jurídica” de un matrimonio que ya no era tal, y que a la vez complicaba la reconstrucción de la vida de los involucrados con nuevas familias. Salir del yugo“Se acercaron muchas personas que estuvieron condicionadas por el capricho o el resentimiento de sus exparejas que se negaban a darles el divorcio, tanto hombres como mujeres. De allí que se explique la demanda generada para el trámite de divorcio unilateral”, explicó una operadora de la Justicia.En otros casos, se presentaron personas que ni siquiera conocían el paradero actual de sus antiguos compañeros de ruta, y que no pudieron divorciarse antes por esta imposibilidad de notificar a la contraparte. “En una sola defensoría se tramitaron treinta turnos para el divorcio “exprés”; es una cifra importante teniendo en cuenta que es gente que busca un patrocinante gratuito porque no puede pagar un abogado”, explicaron. En Posadas, fuentes de los juzgados de Familia señalaron que son muchas las consultas pero pocas las causas realmente iniciadas para obtener el divorcio con las nuevas reglas. En tanto sí están trabajando a destajo para “sacar a despacho” los muchísimos expedientes de divorcios iniciados con el viejo Código de Vélez, con el fin de que los abogados de las partes los readecúen a la nueva normativa. Esto quiere decir que ahora todos los que están en proceso de divorciarse y que iniciaron la demanda antes del 1 de agosto, deberán presentar las propuestas de acuerdo sobre alimentos, tenencia de los hijos, régimen de visitas y división de bienes. “Ya no existen las audiencias para ratificar la voluntad de divorciarse. Sólo habrá una audiencia para que la pareja se ponga de acuerdo en estos temas específicos, y si no hay acuerdo, será el juez quien determine el régimen aplicable”, señalaron. Mujeres a la derivaMientras que para muchos el nuevo Código les fue beneficioso y ahora pueden darle fin a un vínculo jurídico que ya no representaba la realidad, hay casos de mujeres que fueron víctimas de situaciones complejas en el seno de sus parejas, que no obtuvieron la sentencia de divorcio antes del 1 de agosto, y que con el nuevo Código podrían terminar altamente perjudicadas. Una de estas mujeres contó a PRIMERA EDICIÓN que en el marco de un trámite de divorcio contencioso iniciado por ella a raíz de recurrentes episodios de violencia doméstica, el juez había ordenado que su ex depositara cuotas alimentarias de manera provisoria, previendo que la sentencia iba a determinar la culpabilidad del hombre golpeador en la ruptura del vínculo. “Ahora a empezar todo de nuevo y como ya no hay culpables no sé qué puede pasar con ese aporte”, se preguntaba. Según los operadores de la Justicia, “no debería existir un problema en estos casos, porque el juez puede cambiar el concepto y ordenar la compensación económica de todos modos”.   Sólo un bebé con el apellido de la madre primeroUn solo bebé recién nacido fue anotado con el apellido de la mamá antepuesto al del padre en Misiones, según los datos del Registro Provincial de las Personas. Se trata de una criatura nacida en el sanatorio Camino de la capital provincial cuyos padres decidieron cambiar el orden de los apellidos según lo permite el nuevo Código Civil, Comercial y de Familia que rige desde el 1 de agosto. “Se dio este único caso en toda la provincia, y el padre dio su consentimiento que quedó asentado en un acta que se confeccionó para dejar constancia” explicó a PRIMERA EDICIÓN la abogada Alejandra Soto, directora del Registro Provincial de las personas.Todo sigue igual  La funcionaria también señaló que ya fuere por desconocimiento o por una cuestión cultural, en Misiones todavía no se realizaron inscripciones de convenciones matrimoniales, ni de contratos prenupciales. Tampoco se realizaron inscripciones de uniones convivenciales, que ahora pueden quedar documentadas en un registro especial que se habilitó en la Sala Única de Matrimonios de Posadas y en todas las salas similares del interior. “Muchas consultas por los requisitos pero ninguna formalizada”, explicó la funcionaria. De no mediar esta inscripción en el Registro de Uniones Convivenciales, las parejas seguirán siendo “de hecho”, no “de derecho”; y, por lo tanto, no accederán a las obligaciones y beneficios que establece el nuevo Código, entre ellos: heredar al conviviente en caso de fallecimiento, protección del hogar, manutención, sostenimiento de la educación de los hijos, etcétera. “Es notable, porque en otras provincias los registros de las personas están trabajando muy fuertemente con este tipo de demanda”, se extrañó Soto. Hoy se realizará una capacitación con todos los responsables de las delegaciones del interior del Registro de las Personas para seguir formando a los empleados que deben saber qué decir y cómo orientar a los que quieran inscribir sus uniones o dejar asentada su voluntad sobre el régimen de bienes del matrimonio.  

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La Dra. Luciana Sommer Aromí analiza el proyecto que baja la edad de imputabilidad a 14 años. Explica por qué considera que la reforma no resuelve el problema del delito juvenil, los riesgos para los adolescentes y las dificultades operativas que enfrentarían las provincias. 

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La abogada laboralista Cynthia Benzion analiza los puntos centrales de la reforma laboral en debate, sus efectos sobre los derechos de los trabajadores y los posibles cuestionamientos constitucionales. Explica por qué considera que la iniciativa implica retrocesos y cómo podría impactar en el sistema laboral argentino.
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Benzion advierte que la reforma laboral reduce protecciones y contradice principios constitucionales. Señala riesgos para trabajadores y anticipa futuras impugnaciones judiciales. ⚖️📉 #Trabajo #Argentina 

📌 “No es una reforma cosmética: quita derechos y debilita la protección laboral.”
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