POSADAS. Para la Justicia, quedó acreditado que tanto el prefecturiano Jorge Lezcano (44) como el organizador Hugo Alfonso (36) “no tomaron las previsiones correspondientes” y actuaron con “negligencia e imprudencia” en torno a la 80ª edición del cruce a nado del río Paraná, el sábado 16 de enero de 2010, que terminó con la vida de ocho deportistas.Así se conoció ayer al mediodía en la lectura de los fundamentos, llevada adelante por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Posadas, que el viernes 19 de diciembre de 2014 condenó al funcionario a cuatro años de prisión y a “Tyson” a la pena de tres años y seis meses de cárcel. Ambos salieron en libertad y permanecerán así al menos hasta que la sentencia quede firme.PRIMERA EDICIÓN pudo saber que la lectura de los fundamentos comenzó minutos después de las 12 de ayer en el recinto de la calle Félix de Azara al 2100 de la capital provincial. Tomó el micrófono la jueza Norma Lampugnani, acompañada de Lucrecia Rojas de Badaró y Mario Hachiro Doi. En la audiencia estuvieron presentes representantes de la fiscalía y la querella, pero no así de la defensa.En el documento, de notable extensión, los magistrados arribaron a la conclusión de que tanto Lezcano como Alfonso actuaron con “negligencia e imprudencia” y que “las ocho muertes no hubiesen acaecido si ambos hubiesen tomado las previsiones correspondientes”. Para los jueces, en síntesis, “ninguno de los dos estaba preparado para brindar una respuesta” ante el drama fatal.En resumen, para el Tribunal la falla más grave que cometieron los dos imputados fue “haber omitido dar aviso a los competidores sobre el peligro que significaban las barcazas” en la cancha de nado.No obstante, sobre las responsabilidades, la Justicia entendió que Lezcano “no podía ignorar” los efectos de esas moles de hierro en medio del río. “Los testigos de Prefectura declararon conocer los efectos, lo que significa que Lezcano también debería saberlos. También sabía que el río estaba crecido y no podía ignorar que tres días antes se habían suspendido competencias en Corrientes y Rosario”, destacaron los jueces.Las autoridades apuntaron también que el prefecturiano “no podía ignorar que la moto de agua de PNA no pudo zarpar a tiempo” por problemas mecánicos y tampoco que “en Misiones el tiempo cambia en pocos minutos”. Sobre el prefecturiano también pesó “la falta de conductas anticipatorias”, en referencia a que no se colocaron boyas o embarcaciones para advertir la presencia de las barcazas, la ausencia de “advertencias a nadadores y remeros” de ese peligro, además de que “no se controló la idoneidad” de los palistas, tampoco “si existía la cantidad necesaria de guardavidas”, junto con que el personal a cargo “no fue meticuloso en la revisión de los elementos de seguridad”.Con respecto a Alfonso, el Tribunal entendió que la Asociación Mercosur de Aguas Abiertas, que el condenado presidía, no cumplía con las formalidades de la ley y era una “asociación fantasma” que “se manejaba con un alto grado de improvisación”. Para ello también fue contundente la prueba aportada por la querella sobre la muerte de Javier Bucek (21) en 2006, mientras colocaba el boyado para la prueba.La Justicia apuntó a que Alfonso “no cumplió con las normativas” nacionales e internacionales que fueron “ignoradas olímpicamente”, además de “otra carencia injustificable que fue la ausencia de una estrategia de nado”.Al respecto, los jueces también señalaron que dicha Asociación tuvo otra falencia grave “que fue la ausencia de más embarcaciones de apoyo” y que “no advirtieron ni tomaron medidas por el clima”.En síntesis, los jueces entendieron que “ninguno de los dos estuvo a la altura de las circunstancias y no estaban preparados para brindar una respuesta ante lo que sucedió”. Eso fue lo que desencadenó la tragedia aquella mañana de enero de 2010, donde perdieron la vida los ocho deportistas. Para la Justicia no quedaron dudas: Lezcano y Alfonso deben pagar por ser responsables del hecho.





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