POSADAS. Mientras se habla de un proyecto para poner en plena vigencia el nuevo Código Civil para 2015 y no en 2016, como se preveía en un primer momento, los directores de los registros civiles argentinos deben poner el pie en el acelerador para ver cómo hacen para unificar los criterios de capacitación al personal en las innovaciones que contempla el nuevo Código. “Estos cambios requieren de mucha capacitación y todos los directores vamos a tener que unificar los criterios de cómo serán los formatos de los libros para registrar las uniones convivenciales o ver cómo vamos a hacer con las marginales en las partidas de nacimiento, para los casos de las sentencias de las incapacidades para los mayores de 13 años”. En estos términos se refirió la directora provincial del Registro de las Personas, Alejandra Soto, quien expresó su preocupación en algunos aspectos que generan controversia de la nueva Ley. “Este Código es muy innovador, nos obliga a capacitar ampliamente al personal. Al parecer ahora va a ser necesario capacitarlos en derecho, en vista de que lo más engorroso de la ley es que delega facultades como de un juez al delegado que va a celebrar un matrimonio, por ejemplo”, explicó la funcionaria provincial. En Misiones hay 115 oficinas de Registro Civil y en todas ellas el personal requiere una actualización en materia legal, que de primera mano se muestra engorrosa. En diálogo con PRIMERA EDICIÓN, la funcionaria especificó algunos de los cambios que competen de lleno a los delegados y un análisis de la ardua tarea que se viene. “En el Congreso Federal de los Registros Civiles de la Argentina nos hemos fijado en algunos puntos que nos competen y de hecho una de las cuestiones sobre las cuales ya hemos hecho un planteo de inconstitucionalidad es con relación a la inscripción de los hijos extramatrimoniales, que la nueva ley contempla que se inscriben con el mismo régimen de la ley para los hijos matrimoniales, pero con una diferencia que es donde hacemos el planteo, porque si los padres no se ponen de acuerdo con el apellido que va a llevar el recién nacido, la decisión la debe determinar un juez”, dijo. ¿A qué responde el planteo? A que “dentro de un matrimonio, la pareja debe ponerse de acuerdo sobre el apellido con el cual inscribirán a sus hijos y de los contrario el delegado debe proceder a un sorteo para definir su inscripción. Fuera del matrimonio, para inscribir a los hijos, si no hay acuerdo, los padres tendrán que judicializar la contienda por el apellido, no tienen opción de sorteo y nosotros lo hemos visto como un planteo inconstitucional porque hace diferencia entre uno y otro caso”. “Por ahora no ha pasado nada, seguramente, luego, cuando se empiece a poner en práctica, va a saltar a la opinión pública, porque si el padre no se pone de acuerdo con la madre sobre el apellido que llevará el recién nacido, la decisión se tendrá que judicializar”, insistió Soto. Capacitación urgentePara los directores de los Registros hay que ponerse a trabajar en capacitación urgente y ver cómo implementar las innovaciones que les plantea el nuevo Código. En Misiones, con más de 115 oficinas y con lo engorroso de algunos de los cambios, la directora Soto evaluó: “Entiendo que vamos a replicar lo que fuimos haciendo para los casos de las cédulas de defunciones, y es que centralizamos en oficinas de las cabeceras de los departamentos para poder digitalizar el trámite. Creo que las uniones y otras innovaciones que nos competen las vamos que tener que ir centralizando en las cabeceras de los departamentos donde se encuentran las oficinas más grandes. Nos funcionó bien y creo que es un ejemplo de que centralizar va a ser la manera más práctica para dar cumplimiento a la ley que entrará en vigencia”, añadió. Divorcios y concubinatosEl común de la gente todavía no ha profundizado mucho en materia de cómo se van a aplicar algunos de los cambios que deberán hacerse en el Registro de las Personas, salvo la consulta por la cuestión de los divorcios “exprés”.Según Soto, “esto va a seguir siendo una cuestión jurídica. La petición de divorcio se hace y se oficia ante el juez, sea en conjunto o por separado, con la diferencia de que obliga a presentar propuestas que reúnan a los efectos del divorcio qué van a hacer con la vivienda, con los hijos, con el régimen de visita. Si las partes aceptan, bien y si no, la resuelve el juez. Con los tiempos hay cambios, ya que con su puesta en vigencia, a lo sumo las exparejas tendrán una sola audiencia y después el juez ya debe sacar la sentencia”. “Sí somos registradores para el caso de las uniones convivenciales, que a partir de los dos años una unión ya está en calidad de ser inscripta. Lo engorroso es que deberemos pedir pruebas para inscribir esa unión”, explicó.Otra cosa: “Cuando se inscribe la unión convivencial hay que inscribir los pactos (acuerdos económicos previos donde declaren dónde van a vivir, bienes en común y si tienen hijos, cuánto gana cada uno y cómo lo van a administrar) y nosotros ya nos estamos preguntando dónde los vamos a registrar. Además, si inscriben bienes en la unión convivencial, van a tener que ser registrados en tantos registros como pactos existan. También habrá que ver cómo unificamos la información a nivel registros del país, porque no estamos informatizados”, alertó la directora del Registro provincial.





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