POSADAS. La senadora Sandra Giménez, exvicegobernadora de Misiones, presentó el pasado 30 de junio un proyecto de ley que obligaría a las empresas prestadoras de Internet a instalar filtros que bloqueen el acceso a una lista de sitios restringidos determinados por la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC). El objetivo del proyecto es evitar la exposición de pornografía infantil en páginas de sexo explícito.La presentación abrió grandes polémicas y la discusión estalló en la red social Twitter. Por un lado, se cuestiona cuáles serían los criterios para decidir qué sitios web estarían en esa lista de la CNC. Respecto al filtro, hay quienes ya la señalan como una forma de censura e incluso explican que hay antecedentes que prueban que la medida no funciona y que con un programa de Internet se puede romper el bloqueo.Por otro lado, se cuestiona la facilidad de acceso a los contenidos pornográficos: sólo hay que solicitar por escrito y el proveedor habilitará los sitios al usuario. La pregunta es qué lugar le cabe a la posibilidad de penalizar este consumo. Si bien se trata de páginas que son creadas en distintos países, es sabido que en Argentina existen redes pornográficas que ofrecen material fotográfico y videos por Internet, incurriendo claramente en la pedofilia, ya que hay casos en que niños y niñas son utilizados vilmente para estas “producciones”.¿Qué dice el proyecto? “Este proyecto de ley busca reducir la exposición de los menores a contenido sexual en forma anticipada a través de un mecanismo de filtro de sitios de acceso restringido, los cuales deberán ser identificados en forma permanente por la autoridad de aplicación, de forma tal que todos los usuarios de Internet, si no manifiestan expresamente su voluntad de tener un acceso irrestricto, mantendrán bloqueados los sitios identificados como aquellos con contenido sexual”, señala el proyecto de ley que se puede descargar de www.senado.gov.ar.En el artículo 2, el proyecto señala que la CNC “elaborará y mantendrá actualizado el contenido de la lista de sitios de acceso restringido en el que identificará las páginas con contenido pornográfico a través de una estrategia acordada en el marco de la Comisión Argentina de Políticas de Internet”.Por su parte, las empresas proveedoras de Internet deberán instalar los filtros a “todos los usuarios existentes” en un plazo de 180 días. De lo contrario, las prestadoras en Argentina serán sometidas a una multa equivalente a diez veces la tarifa abonada por el cliente en el período en el cual debería haber recibido la instalación del filtro.Según el artículo 3 del proyecto, el usuario podría acceder libremente y sin filtros a Internet en Argentina siempre y cuando manifieste expresamente y por escrito su voluntad de mantener acceso irrestricto a la red. Si el internauta no realiza el pedido, a partir de esta ley, las empresas prestadoras del servicio tendrán que instalar filtros correspondientes para impedir el libre acceso a los sitios que se encuentren en lista discrecional de la CNC.Antecedente inglésEste proyecto de ley tiene relación con aquel presentado en julio de 2013 por el primer ministro inglés, David Cameron, que buscaba restringir a través de filtros el acceso a sitios donde se expendiera pornografía en general. De igual forma que el presentado por la senadora argentina, el proyecto de Cameron permite a los usuarios ingleses la opción de acceder a ellos si así lo pidieran.La polémica se había generado por un lado por los filtros a la pornografía y por el otro porque estos sistemas filtraban también paginas de educación sexual y paginas con consejos sobre la adicción al sexo. A raíz de la creación de estos filtros se creó el sitio “goawaycameron.co.uk” que permite saltearse los sitio web con la simple instalación de una extensión de Google Chrome.Medida “desproporcionada”Entre quienes objetan el proyecto se encuentra Beatriz Busaniche, miembro de la fundación Vía Libre, magíster en propiedad intelectual y activista en los derechos de libertad de expresión en Internet. En diálogo con Panampost (una agencia de noticias de Latinoamérica), sostiene que ni la CNC ni la senadora Sandra Giménez tienen potestad para decidir qué pueden o no ver las personas en Internet.Como antecedentes de bloqueos de la CNC a sitios de Internet, se puede citar el intento de bloqueo a la web The Pirate Bay, el motor de búsqueda que permite descargar todo tipo de material multimedia. La medida había sido iniciada por la Cámara Argentina de Productores de Fonogramas (CAPIF) contra The Pirate Bay y la CNC envió una carta solicitando el bloqueo del sitio al proveedor de Internet.Según Busaniche, esa medida había sido totalmente “desproporcionada” porque “va contra todas las garantías de libertad de expresión vigentes en la Argentina, como la Ley 26.032 que garantiza el libre acceso. El juez, cuando libra la orden de bloqueo, dice conocer esta ley pero considera que la información de la página no merece esta garantía”. Las claves de la iniciativaSegún establece el proyecto de la senadora Giménez, las empresas proveedoras de Internet deberán instalar los filtros a “todos los usuarios existentes” en un plazo de 180 días. De lo contrario, las prestadoras en Argentina serán sometidas a una multa equivalente a 10 veces la tarifa abonada por el cliente en el período en el cual debería haber recibido la instalación del filtro.Según el artículo 3 del proyecto, el usuario podría acceder libremente y sin filtros a Internet en Argentina siempre y cuando manifieste expresamente y por escrito su voluntad de mantener acceso irrestricto a la red. Si el internauta no realiza el pedido, a partir de esta ley, las empresas prestadoras del servicio tendrán que instalar filtros correspondientes para impedir el libre acceso a los sitios que se encuentren en lista discrecional de la CNC.El texto se puede descargar de www.senado.gov.ar





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