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Es inconstitucional la valoración docente por función gremial

8 mayo, 2014

POSADAS. La Justicia Laboral declaró inconstitucional el capítulo del Decreto 744/13 de Valoración Docente donde se otorgaba puntaje por integrar la estructura de los gremios con personería gremial. Este decreto -que fue modificado por el decreto 1986 publicado el último 4 de abril en el Boletín Oficial para subsanar un error de tipeo- concedió valoración a los docentes que ocupen cargos como delegados escolares, delegados departamentales o miembros de comisión directiva de los gremios con personería gremial (la Unión de Docentes de la Provincia de Misiones-UDPM-, la Unión Docente Argentina -UDA- y  el Sindicato Argentino de Docentes Privados -Sadop-). Vale aclarar que el decreto vigente (1986/14) no alteró este capítulo del 744/13 pero pasó de ser el punto 6.6 al 6.2.    Fue la Unión Docente Nueva Argentina de Misiones (Udnam) el único gremio que rechazó desde un primer momento que la Junta de Clasificación y Disciplina compute como valoración docente la tarea gremial de los trabajadores. “A la hora de valorar a cada docente, debe tenerse en cuenta su formación, capacitación y especialización; su tarea frente al aula, su desempeño en actividades áulicas y actividades científicas. Pero no creemos que la tarea gremial incida en el perfil profesional del docente, por eso presentamos un recurso de amparo ante la Justicia por considerar inconstitucional varios capítulos de este decreto”, indicó la secretaria general de Udnam, Estela Genesini a PRIMERA EDICIÓN. Ayer, desde el gremio recibieron la notificación del fallo con satisfacción y recordaron que “con el criterio de este decreto, por el solo y mero hecho de ser dirigente sindical, se accedería a valoración similar a los docentes que se esfuerzan -se rompen el alma- para capacitarse y brindar lo mejor de sí al alumno. “Era un regalo para un sector”“Este hecho confirma el accionar de la Udnam en defensa de los derechos de los docentes, un paso más camino a la recuperación del sistema educativo y la revalorización del  profesional docente”, remarcaron. La titular del gremio, Estela Genesini, recordó además que el rechazo de la Udnam a que la función gremial califique como valoración docentes “fue absoluta, nosotros no pedimos que se incluya a los gremios con inscripción legal (entre los cuales se encuentra la Udnam) sino que no se elimine este capítulo por considerar que la tarea gremial no tiene nada que ver con la tarea docente en el aula y su inclusión en el Régimen de Valoración Docente era un premio discrecional para tres gremios”. Indicó que la función gremial no impide al docente que realice cursos, capacitaciones o postítulos “estamos en igualdad de condiciones con los otros docentes”. Notificación de la Justicia  Este martes, la Justicia Laboral notificó a la Udnam del fallo donde dio lugar en forma parcial al planteo de este gremio docente y declaró que es inconstitucional que se otorgue puntaje docente por ocupar una función gremial. Ambos decretos (el 744/13 y su modificación  1986/14) establecieron un puntaje por cada año lectivo de 0,20 para los delegados escolares; 0,30 para los delegados departamentales y 0,40 para los miembros de comisión directiva. Esto equivale a un curso de 40 a 59 horas cátedras (0,20), de 60 a 79 horas cátedras (0,30) y de 80 a 99 horas cátedras (0,40). El fallo de la Justicia Laboral fue firmado por la magistrada de ese fuero, Elina Graciela Oudín. En su fallo, la jueza resolvió “rechazar la excepción de incompetencia opuesta por la demandada Estado de la Provincia de Misiones, rechazar la defensa de falta de legitimación pasiva opuesta por la demandada (…)”. La magistrada rechazó además el planteo de inconstitucionalidad de otros puntos del capítulo VI (7, 8 y 9) solicitados por la Udnam pero sí dio lugar en forma parcial a la acción de amparo promovida por ese gremio contra el Estado de la Provincia de Misiones al “declarar la inconstitucionalidad del Régimen de Valoración Docente aprobado por decreto 744/203, en lo referente al capítulo VI, punto 6.6”. 

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