POSADAS. Luego de un extenso y arduo debate, el Concejo Deliberante local rechazó ayer un proyecto que proponía sesiones periódicas del cuerpo en los barrios. Y a similitud de la semana pasada en otra iniciativa preferencial –la del boleto educativo- primó un recurso argumental oficialista ausente al plantearse el debate: la posibilidad estaba prevista en el reglamento y, por ende, era innecesario sancionar una ordenanza para algo que bastaba con una simple resolución interna.Fuera de ese acalorado debate, hubo otro tema de mayor trascendencia: por unanimidad se le dio preferencia para la sesión del jueves 24 de abril, con o sin dictamen de comisión, al proyecto que regula las audiencias públicas. Una herramienta de participación ciudadana prevista en la Carta Orgánica Municipal (COM), revisada en 2010, y obligatoria, aunque no vinculante, para decidir sobre cuestiones puntuales del municipio como, por ejemplo, la fijación de las tarifas de servicios públicos.Sesión en los barriosLa negativa renovadora a constituir periódicamente sus plenarias en los barrios, planteada desde el radicalismo mediante un proyecto de ordenanza incorporado en 2013, motivó el debate principal y que ocupó más de las tres cuartas partes de las más de tres horas de la sesión de ayer. Aunque a los argumentos argüidos por el oficialismo fueron modificándose -el miembro informante Julio Vivero afirmó que la iniciativa contradecía lo previsto en el Reglamento Interno- y adecuándose a la fundada réplica radical, al momento de votar el rechazo a esa iniciativa sumó a dos de los concejales de la oposición (Gabriel Nielsen y Alejandro Velázquez) y un tercero se abstuvo (Rolando Rubleski). Los tres radicales y Daniel Amarilla votaron en contra.El bloque radical, en tanto, recordó las ocasiones anteriores en que el cuerpo se constituyó fuera del recinto, en 1992 o 2006, al defender una posición que, desde la presentación inicial de Vivero, era evidente disgustaba al oficialismo.Este trató de explicarse en las razones reglamentarias y las dificultades operativas que significaría ese desplazamiento; pero cuando se recordaron los antecedentes y se advirtió que no se contraponía al Reglamento, la objeción cambió: si existía esa previsión era innecesaria una ordenanza, bastaba una resolución; y primó esa óptica.





Discussion about this post