POSADAS. Una sola lista por partido o frente en los lugares de votación, con candidatos electos previamente en elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) propone la bancada de diputados provinciales del partido Trabajo y Progreso con el nuevo proyecto de ley presentado días atrás.Los legisladores Claudio Wipplinger y Víctor Kreimer promueven la eliminación de la Ley de Lemas (XI – Nº3, antes Ley 2.771) y la vigencia en Misiones de las primarias que rigen a nivel nacional desde su aprobación en el Congreso en 2009.Se aplicaría para todos los partidos políticos, confederaciones y alianzas que aspiren a competir en la elección general de gobernador, vicegobernador, diputados provinciales, convencionales provinciales, intendentes, viceintendentes (cuando corresponda), concejales, convencionales municipales y comisiones de fomento.“El proyecto de Ley tiene por objeto regular el sistema de designación de candidatos a cargos electivos y optimizar aspectos de la legislación electoral misionera. En ese orden se determina la modalidad de designación de candidatos mediante el sistema de elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, a los efectos de garantizar a todos los ciudadanos y partidos políticos las mejores condiciones de transparencia e igualdad de oportunidades”, explicaron los diputados en sus fundamentos. En el proyecto se definen dos cuestiones: “cuáles partidos están habilitados a presentarse a las elecciones generales, que se propone sean aquellos que obtengan en las PASO al menos el 1,5% de los votos válidamente emitidos en el distrito que se trate para la respectiva categoría; y cómo quedará definida la lista que representará a cada partido político”.Detalles del proyectoLos diputados Wipplinger y Kreimer propusieron que:• Los partidos puedan reglamentar la “participación de extrapartidarios y determinarán los requisitos para ser precandidatos en sus cartas orgánicas”.• La convocatoria a elecciones primarias la deberá realizar el Poder Ejecutivo provincial con una antelación no menor a los noventa días previos a su realización de sancionarse la ley.• Las elecciones generales se realizarán el primer domingo siguiente a cumplirse sesenta días de haberse realizado las PASO.• En cuanto a los avales necesarios para participar con una lista, el proyecto establece que “las precandidaturas deberán estar avaladas por un número mínimo de afiliados a la agrupación política o partidos que la integran, equivalente al 2% del padrón de afiliados de la agrupación política o, en el caso de las alianzas, de la suma de los padrones de los partidos que la integran en el distrito respectivo. No se aceptarán precandidaturas con menos de diez avales y no se requerirán más de cien”.• Ningún afiliado podrá avalar más de una lista.• Los precandidatos que se presenten en las primarias, sólo pueden hacerlo en una sola agrupación política, y para una sola categoría de cargos electivos.• Al igual que ocurre con las PASO para cargos electivos nacionales, el padrón general será el que se utiliza para una elección general, pudiendo el elector emitir un solo voto por una de las listas en competencia.• En materia de campaña electoral, los diputados de Trabajo y Progreso promueven un período de treinta días antes del comicio. La publicidad electoral audiovisual podrá realizarse desde los veinte días anteriores a la fecha de las primarias.• La elección de los candidatos a gobernador y vicegobernador de la provincia, a intendentes y viceintendente (cuando corresponda) municipales de cada agrupación se hará mediante fórmula, en forma directa y a simple pluralidad de votos. Las candidaturas de diputados y convencionales provinciales, de concejales y convencionales municipales se elegirán por Sistema D’Hondt asignando las candidaturas en proporción a los votos conseguidos por cada agrupación.• Sólo podrán participar en las elecciones generales las agrupaciones políticas que hayan obtenido como mínimo un total de votos, considerando los de todas sus listas internas, igual o superior al 1,5% de los votos válidamente emitidos en el distrito de que se trate para la respectiva categoría.




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