Un nuevo capítulo en la disputa por las tasas municipales sumó un fallo relevante en Misiones, luego de que la Cámara Federal de Posadas resolviera suspender el cobro del Derecho de Inspección, Registro y Servicios de Contralor (DIRSC) que la Municipalidad de Garupá le reclamaba a una empresa del sector de las telecomunicaciones.
La decisión judicial, a la que accedió PRIMERA EDICIÓN, revocó una resolución de primera instancia y concedió una medida cautelar a favor de la firma, al considerar que existían elementos suficientes para acreditar el riesgo de un perjuicio inminente. De esta manera, el tribunal ordenó frenar provisoriamente la exigibilidad del tributo hasta tanto se dicte una sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo.
El conflicto se originó a partir de un reclamo fiscal impulsado por el municipio en concepto del DIRSC por distintos períodos, pese a que la empresa sostuvo que no contaba con local físico dentro del ejido durante gran parte del tiempo exigido. En ese sentido, planteó que no recibía ningún servicio concreto, efectivo e individualizado que justificara la aplicación de la tasa.
En una primera instancia, el juzgado interviniente había rechazado la medida cautelar al entender que no se encontraba acreditado el “peligro en la demora”, uno de los requisitos centrales para este tipo de planteos. Según ese criterio, no existían pruebas suficientes de un reclamo inminente o de acciones concretas por parte del municipio que pudieran generar un daño inmediato.
Sin embargo, al analizar la apelación, la Cámara evaluó nueva documentación presentada por la empresa que modificó el escenario inicial. Entre esos elementos, se incorporó una resolución municipal que determinó de oficio una deuda millonaria, junto con una intimación de pago bajo apercibimiento de iniciar acciones legales.
De acuerdo a lo que surge del expediente, el monto total reclamado supera los 26 millones de pesos, integrado por el tributo, intereses y una multa equivalente al 200% del capital.
A partir de estas actuaciones, los camaristas entendieron que el riesgo dejó de ser hipotético para convertirse en concreto. En esa línea, advirtieron que la empresa quedaba expuesta a eventuales embargos u otras medidas de cobro coactivo que podrían afectar su situación patrimonial antes de que se resolviera la legalidad del tributo.
El fallo remarca que, con el avance del procedimiento administrativo, se encontraban dadas las condiciones previstas en la normativa municipal para habilitar medidas de ejecución, lo que tornaba necesario el dictado de una cautelar para evitar un perjuicio irreparable. En ese contexto, la Cámara resolvió revocar la decisión de primera instancia y hacer lugar a la medida solicitada, ordenando la suspensión de los efectos del reclamo fiscal vinculado al DIRSC hasta que se dicte una sentencia sobre el fondo del asunto.
El conflicto se inscribe en una serie de litigios similares en la región, donde distintas empresas han cuestionado la constitucionalidad de tasas municipales cuando no se verifica una contraprestación concreta.





