La Secretaría de Energía aprobó un nuevo Sistema de Información para los operadores de Gas Licuado de Petróleo (GLP), que deberán utilizar las empresas inscriptas en el Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de Petróleo (RNIGLP).
La Resolución 64/2026, publicada en el Boletín Oficial, también deroga el sistema de información vigente desde 2003 y establece nuevas reglas para la declaración de datos vinculados a la actividad.
La medida busca modernizar el control del sector, simplificar los reportes de información y mejorar el monitoreo del abastecimiento de garrafas en el país.
Nuevo sistema de información
El nuevo esquema obliga a los operadores del mercado de GLP a reportar información técnica, operativa y comercial a la Secretaría de Energía, que será administrada mediante un sistema específico. Según la norma, los datos recopilados serán publicados en el sitio web de la Secretaría de Energía, con el objetivo de mejorar la transparencia y el seguimiento del mercado.
Además, se advierte que el incumplimiento de las obligaciones de información podrá derivar en la suspensión del operador en el RNIGLP, lo que le impediría operar dentro del sector.
Control del abastecimiento y cambios en el registro de garrafas
La resolución también aprueba una metodología para calcular los Volúmenes Máximos Permitidos (VMP) de compra de GLP por parte de los operadores. (Ver abajo Anexo II)
Otro punto clave es la modificación del régimen de control de envases de GLP, como garrafas y cilindros.
Las empresas fraccionadoras deberán:
- Llevar un registro de fabricación, reacondicionamiento, transformación o destrucción de envases.
- Presentar esa información como declaración jurada cada seis meses ante la autoridad de aplicación.
Informar datos como:
- fecha de fabricación o reparación,
- cantidad de envases intervenidos,
- marca o leyenda identificatoria,
- capacidad de los envases,
- taller o fabricante interviniente,
- auditoría de seguridad correspondiente.
La Secretaría de Energía podrá solicitar información adicional o realizar inspecciones presenciales.
Fin del sistema vigente desde 2003
La norma deroga la Resolución 375/2003, que regulaba el sistema de información de la industria del GLP hasta ahora.
El Gobierno argumenta que el cambio permitirá: mejorar la calidad de los datos, reducir errores en la carga de información, agilizar procesos administrativos y simplificar las obligaciones de las empresas.
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