La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) fijó en $81.312,19 el importe que deberán abonar los empleadores autoasegurados (EA), las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART) y las compañías de seguros de retiro, en concepto de multa por incumplimiento de las obligaciones.
La medida se conoció a través de la Resolución 12/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, con entrada en vigencia retroactiva a partir del 1 de marzo de 2026.
El importe surge de aplicar la equivalencia del valor Módulo Previsional (MOPRE), de acuerdo a la última actualización del valor del Haber Mínimo Garantizado realizada por el ANSES.
Vale recordar que el Decreto 1694/2009 determinó que la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) es la encargada de publicar el importe actualizado que surja de aplicar la equivalencia prevista en el artículo 15 del referido decreto, en cada oportunidad en que la ANSES proceda a actualizar el monto del Haber Mínimo Garantizado, de conformidad con lo que prevé en el artículo 8 de la ley 26.417.



