El Senado aprobó este viernes la baja de edad de imputabilidad de los menores de 16 a 14 años con la reforma de la Ley Penal Juvenil. La votación resultó 44 votos positivos y 27 negativos.
Así, La Libertad Avanza (LLA) consiguió un nuevo triunfo legislativo para el período de sesiones extraordinarias. Incluso, la jefa del bloque de senadores oficialistas, Patricia Bullrich, pidió un minuto de silencio para las víctimas de los hechos de inseguridad.
En el debate, el oficialismo argumentó que “aumentaron los delitos cometidos por menores” de entre 12 y 15 años, con una participación “creciente” en delitos graves, lo que genera una sensación de “injusticia” e “impunidad”, dos situaciones que el Ministerio de Seguridad, hoy comandado por Alejandra Monteoliva y previamente por la actual senadora libertaria Patricia Bullrich, se pretenden combatir desde el inicio de su gestión.
Asimismo, se busca actualizar una norma que fue instalada en el año 1980 por considerarse necesaria la instalación de “un marco legal moderno” que se adapte al escenario actual de la delincuencia juvenil.
Por último, señalaron desde LLA que muchas bandas utilizan a menores de edad como parte de los hechos delictivos que cometen porque saben “que no pueden ser procesados” y este proyecto pretende contrarrestar esa estrategia.
El oficialismo originalmente había impulsado el proyecto que iniciaba la punibilidad de los menores en los 13 años; aunque tuvo que comenzar una “negociación parlamentaria” con los bloques dialoguistas y elevarla a 14 para lograr el consenso político y, por ende, los votos necesarios para obtener la primera media sanción en Diputados, informó la agencia Noticias Argentinas.
Con esa modificación, aseguró el acompañamiento de las fuerzas aliadas como el PRO y la UCR, que señalaban que los 14 años representaban un límite más equilibrado y estaban en sintonía con el resto de los países de la región.
Bolivia, Chile, Colombia, Paraguay, Perú, Venezuela y República Dominicana tienen fijada la edad de imputabilidad en 14 años, mientras que Brasil, Ecuador, Costa Rica, El Salvador y Panamá inician en los 12 años. En ambos casos, el tratamiento de los niños y jóvenes que cometen delitos se basa en impartir medidas socioeducativas que priorizan su reinserción en la sociedad.
Qué dice el texto
La iniciativa prevé una serie de medidas complementarias (programas educativos, laborales, recreativos). En casos de delitos con hasta 3 años de prisión y de delitos de 3 a 10 años de prisión (que no incluyan muerte o lesiones graves), se podría aplicar una serie de penas antes de llegar a la privación de la libertad.
En cuanto a las penas privativas de la libertad, podrán ser en domicilio; en un instituto abierto; o en un instituto especializado de detención, o bien en una sección separada de un establecimiento penitenciario, siempre apartados de adultos.
La norma prohíbe la prisión perpetua y cuando el adolescente, recluido en instituto o centro de detención, haya cumplido los dos tercios de la condena, el juez a cargo de la causa podrá considerar sustituir el encierro por otras medidas.
También se habilita la mediación penal para delitos con penas máximas de hasta 6 años; y la suspensión del proceso a prueba (para delitos cuyo mínimo de pena no exceda de los 3 años de prisión), con la opción de la reparación del daño y medidas comunitarias.
El proyecto también menciona la figura del “supervisor”; los principios generales de los institutos especializados de detención; medidas de salud, entre otros puntos. De todas maneras, según el sitio Parlamentario, la ley entrará en vigencia a los 180 días de su publicación en el Boletín Oficial.




