La reforma del sistema registral automotor avanza con un objetivo claro: transformar un esquema histórico que durante décadas funcionó de manera descentralizada y mayormente analógica. Sin embargo, el principal obstáculo para concretar ese cambio no está solo en la normativa, sino en la existencia de miles de legajos físicos que aún permanecen distribuidos en los Registros de la Propiedad Automotor de todo el país y que deben ser digitalizados y ordenados.
En ese contexto, el Gobierno dio un nuevo paso para destrabar esa situación. Mediante la Disposición 58/2026 del Ministerio de Justicia, publicada el lunes en el Boletín Oficial, se estableció que todos los Registros del Automotor deberán separar y remitir a la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor los Legajos B correspondientes a dominios que no hayan registrado movimientos durante los últimos quince años. La medida apunta a avanzar en la centralización de la documentación y facilitar el proceso de digitalización.
La disposición alcanza a los dominios que, en ese período, no hayan solicitado reimpresiones de chapas patente, informes de dominio, cédulas de conductores autorizados (ex cédula azul) ni hayan registrado ventas, transferencias u otros trámites habituales. Se trata, en definitiva, de vehículos sin actividad registral reciente, cuyos legajos permanecen archivados en las distintas dependencias.
Hacia la digitalización registral
El procedimiento dispuesto contempla varias etapas bien definidas. En primer lugar, el Departamento Registros Seccionales de la Dirección Nacional comunicará a cada Registro Seccional, a través de correo electrónico oficial, la nómina de Legajos B comprendidos en la medida. A partir de esa notificación, cada dependencia contará con un plazo de quince días hábiles para apartar, ordenar y embalar correctamente la documentación.
Una vez cumplido ese paso, los legajos serán retirados de los Registros Seccionales y serán migrados al Sistema Único de Registración de Automotores (SURA) e incorporados al inventario del registro centralizado. De este modo, la trazabilidad de los dominios y el acceso a los datos se mantendrán vigentes a través de los sistemas digitales, aun cuando la documentación en papel quede bajo custodia central.
La normativa también prevé qué ocurrirá si se solicita un trámite sobre un dominio cuyo legajo haya sido archivado. En esos casos, el Registro Seccional deberá requerir, mediante el Sistema de Asignación Electrónica (ACE), la remisión de un “Certificado Dominial”, conforme a lo que establece la reglamentación vigente.
El desafío no se limita a crear un ecosistema digital, sino a consolidarlo como forma habitual de funcionamiento para usuarios, concesionarios y Registros.
En ese marco, la centralización y guarda de los legajos correspondientes a dominios sin actividad en los últimos quince años representa un paso más profundo de lo que parece. Significa recuperar el control de la documentación que hoy permanece dispersa y avanzar en la base necesaria para concretar la transformación integral del sistema registral automotor.
Fuente: iProfesional e Infobae.




